SAP Valencia 568/2002, 4 de Noviembre de 2002

PonenteCARLOS ESPARZA OLCINA
ECLIES:APV:2002:6092
Número de Recurso541/2002
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución568/2002
Fecha de Resolución 4 de Noviembre de 2002
EmisorAudiencia Provincial - Valencia, Sección 10ª

SENTENCIA Nº: 568/02

SECCIÓN DECIMA:

Ilustrísimos Sres.:

Presidente,

D. José Enrique de Motta García España

Magistrados:

Dña. Mª Pilar Manzana Laguarda

D. Carlos Esparza Olcina

En Valencia a, cuatro de noviembre de dos mil dos.

Vistos ante la Sección Décima de la Iltma. Audiencia Provincial, en grado de apelación, los autos de INCAPACIDAD nº 250/01, seguidos ante el Juzgado de 1ª Instancia número cuatro de Alzira, entre partes, de una como demandante-apelada, Leonor Y Cesar , dirigido por el Letrado D./Dña. Rafael Cebrian Pazos, y representado por el Procurador D./Dña.Mª Dolores Egea Llacer, y de otra como demandado-apelado, presunto incapaz, Ángeles , no personada en esta alzada, y contra los demandados-apelantes, Virginia , Filomena Y Everardo , dirigidos por el letrado D./Dña. Francisco Amorós Ibor y representada por el Procurador D.Dña. Juan Hernandez Cortes, siendo parte el Ministerio Fiscal.

Es ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. Carlos Esparza Olcina.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En dichos autos por el Iltmo. Sr. Juez de 1ª Instancia número cuatro de Alzira, en fecha 26 de marzo de dos mil dos, se dictó sentencia cuya parte dispositiva es como sigue: "FALLO: Que estimando la demanda interpuesta por D./DÑA. Leonor y D. Cesar y en su nombre y representación la Procuradora Sra. Romeu Maldonado, habiendo sido parte el Ministerio Fiscal, DEBO DECLARAR Y DECLARO a todos los efectos procedente en derecho que DÑA. Ángeles , es incapaz para gobernarse por si misma y administrar sus bienes. Se designa para el cargo de tutor a Dña. Leonor , la cual se ejercerá bajo la vigilancia del Ministerio Fiscal y la salvaguarda judicial. Se releva al tutor de la obligación de prestar fianza".

SEGUNDO

Contra dicha Sentencia por la representación procesal de los demandados, Virginia , Filomena Y Everardo se interpuso recurso de apelación , y verificados los oportunos traslados a las demás partes para su oposición al recurso o impugnación a la sentencia se remitieron los autos a esta Secretariadonde se formó el oportuno rollo , señalándose el día 31 de octubre de dos mil dos para la celebración de la vista.

TERCERO

Que se han observado las formalidades y prescripciones legales.

FUNDAMENTOS JURIDICOS
PRIMERO

La representación de Virginia , Filomena y Everardo interpone recurso contra la sentencia dictada por el Juzgado de 1ª Instancia número 4 de Alzira el día 26 de marzo de 2.002, que acordó la incapacitación de Ángeles para regir su persona y sus bienes, y decidió la constitución de tutela en la persona de su hermana Leonor .

Los recurrentes impugnan la sentencia únicamente en el pronunciamiento relativo al nombramiento de Leonor como tutora de los bienes de su hermana Ángeles , función que estiman debería recaer sobre ellos; consta en las actuaciones que Leonor cuenta ya con 75 años de edad, y que en el acto de la vista celebrada...

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