SAP La Rioja 337/2000, 21 de Junio de 2000

PonenteALFONSO SANTISTEBAN RUIZ
ECLIES:APLO:2000:524
Número de Recurso566/1999
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución337/2000
Fecha de Resolución21 de Junio de 2000
EmisorAudiencia Provincial - La Rioja, Sección 1ª

SENTENCIA N° 337 DE 2000

Visto el presente recurso de apelación CIVIL, que pende ante esta Ilma. Audiencia Provincial, dimanante del juicio verbal n° 73/98, rollo de apelación n° 566/99, contra la sentencia de fecha 29 de julio de 1999, dictada por el Juzgado de 1ª Instancia n° 8 de Logroño ; recurrida por "CONSORCIO DE COMPENSACIÓN DE SEGUROS", representado por el Abogado del Estado; siendo apelados: 1°.- Dª. María Angeles y "ALLIANZ RAS", representados por la Procuradora Sra. León Ortega; y 2°.- D. Benjamín ; recurso en el que ha sido ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. Alfonso Santisteban Ruiz.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que, con fecha 29 de julio de 1999, se dictó sentencia en cuyo Fallo se recogía: "Que estimando la demanda interpuesta por doña María Angeles y el Consorcio de Compensación de Seguros, representado por el Sr. Abogado del Estado, -autos 73/98 de este Juzgado- debo condenar y condeno a referidos demandados a abonar solidariamente a la actora la cantidad de 228.535 pesetas, más el interés sobre dicha cantidad, que se fija al tipo del 20% anual, a devengar desde la fecha del siniestro (30-3-97), corriendo los mismos a cargo de la citada aseguradora Consorcio de Compensación de Seguros, imponiendo a dichos demandados las costas procesales causadas. Que desestimando la demanda interpuesta por don Benjamín , contra la Cía de Seguros Allianz-Ras, representada en autos por la Procuradora Sra. León Ortega, - autos 391/98 del Juzgado de 1ª Instancia de Haro- debo absolver y absuelvo a referida demandada de las pretensiones en tal demanda contenidas, imponiendo al actor las costas procesales causadas".

SEGUNDO

Notificada la anterior sentencia a las partes, por la representación de "CONSORCIO DE COMPENSACIÓN DE SEGUROS", se interpuso recurso de apelación que fue admitido, con traslado por cinco días a las demás partes para alegaciones, y con remisión final de los autos a esta Ilma. Audiencia Provincial, en la que se formó el rollo de apelación correspondiente y se turnó procedentemente para dictar resolución.

TERCERO

En la tramitación del presente rollo se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Por el Juez de Instancia se dictó sentencia en cuya parte dispositiva se recogía que estimando la demanda interpuesta por doña María Angeles y el Consorcio de Compensación de Seguros, representado por el Sr. Abogado del Estado, -autos 73/98 de este Juzgado- debo condenar y condeno a referidos demandados a abonar solidariamente a la actora la cantidad de 228.535 pesetas, más el interés sobre dicha cantidad, que se fija al tipo del 20% anual, a devengar desde la fecha del siniestro (30-3-97), corriendo los mismos a cargo de la citada aseguradora Consorcio de Compensación de Seguros, imponiendo a dichos demandados las costas procesales causadas. Que desestimando la demandainterpuesta por don Benjamín , contra la Cía de Seguros Allianz-Ras, representada en autos por la Procuradora Sra. León Ortega, - autos 391/98 del Juzgado de 1ª Instancia de Haro- debo absolver y absuelvo a referida demandada de las pretensiones en tal demanda contenidas, imponiendo al actor las costas procesales causadas.

Por el Abogado del Estado se interpuso recurso de apelación contra dicha resolución, solicitando que con revocación de la misma se absolviese al Consorcio de Compensación de Seguros por cuanto que como se venía a...

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