SAP Valladolid 311/2007, 27 de Septiembre de 2007

PonenteJOSE ANTONIO SAN MILLAN MARTIN
ECLIES:APVA:2007:971
Número de Recurso229/2007
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución311/2007
Fecha de Resolución27 de Septiembre de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Valladolid, Sección 1ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1

VALLADOLID

SENTENCIA: 00311/2007

Rollo: RECURSO DE APELACION (LECN) 0000229 /2007

SENTENCIA Nº 311

ILMA. AUDIENCIA PROVINCIAL DE VALLADOLID

SECCION PRIMERA

Ilmo. Sr. Presidente: D. FRANCISCO SALINERO ROMAN

Ilmos. Sres. Magistrados:

D.JOSE RAMON ALONSO MAÑERO PARDAL

D.JOSE ANTONIO SAN MILLÁN MARTIN

En VALLADOLID, a veintisiete de Septiembre de dos mil siete.

VISTOS por esta Sección Primera de la Ilma. Audiencia Provincial de Valladolid, en grado de apelación, los autos de juicio verbal nº 711/06 del Juzgado de 1ª Instancia nº 2 de Medina del Campo, seguido entre partes, de una como demandante apelado DON Andrés, mayor de edad y vecino de Valladolid, quien ha estado representado por el Procurador Don Javier Stampa Santiago y defendido por el Letrado don Luciano Díaz Sánchez, y como demandado apelante PROVELAR XXI S.L., con domicilio social en La Coruña, representado por el Procurador Don José Luis Moreno Gil y defendidos por el Letrado Don Félix Hortelano López; sobre suspensión de obra nueva.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se aceptan los antecedentes de hecho de la resolución recurrida.

SEGUNDO

Seguido el litigio en cuestión por sus trámites legales ante el Juzgado de Primera Instancia de referencia, con fecha 28 de febrero de 2007, se dictó sentencia cuyo fallo dice así: "ESTIMANDO INTEGRAMENTE la demanda interpuesta por el Procurador Sr. Diáz Sánchez, en el nombre y representación de D. Andrés contra Provelar XXI, S.L., se acuerda mantener la suspensión de la obra nueva acordada, debiendo estar y pasar por dicha declaración la demandada. Todo con imposición de costas a la parte demandada."

TERCERO

Notificada a las partes la referida sentencia, por la representación de la entidad demandada se preparó recurso de apelación que fue interpuesto dentro del término legal alegando lo que estimó oportuno. Por la parte contraria se presentó escrito de oposición al recurso. Recibidos los autos en este Tribunal y personadas las partes, se señaló para deliberación, votación y fallo el día 26 de septiembre de 2007, en que ha tenido lugar lo acordado.

Vistos, siendo ponente el Ilmo Sr. Magistrado DON JOSE ANTONIO SAN MILLÁN MARTIN.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El demandante D. Andrés, en su calidad de propietario de un almacén y garaje sito en la localidad de Mojados (Valladolid), interpone en los presentes autos demanda para la obtención, en su tutela judicial, de pronunciamiento sobre mantenimiento de la suspensión de la obra (nueva) que, primero los propietarios del solar, y luego, ya en los presentes autos, la entidad mercantil demandada Provelar XXI S.L., por considerar que la misma está causando daños en la propiedad de los mismos. Y la entidad demandada recurre la Sentencia estimatoria de la pretensión deducida, por considerar que, al tiempo de dictarse la Sentencia, ya no existe obra pendiente o en realización que pueda causar daños en la propiedad del demandante.

SEGUNDO

Efectivamente, cuando fueran iniciadas las obras colindantes a la propiedad del actor, que causaran efectivos daños, consistentes en dejar al descubierto, parcialmente, la cimentación de la nave del actor, por causa de los trabajos realizados por máquina excavadora en...

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