SAP Lleida 21/2001, 22 de Febrero de 2001
Ponente | LUIS FERNANDO ARISTE LOPEZ |
ECLI | ES:APL:2001:146 |
Número de Recurso | 165/2000 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 21/2001 |
Fecha de Resolución | 22 de Febrero de 2001 |
Emisor | Audiencia Provincial - Lleida, Sección 1ª |
SENTENCIA nº. 21 / 2001
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Ilmos./as. Sres./as.
Presidente:
Don Andreu Enfedaque Marco
Magistrados:
Don Francisco Segura Sancho
Don Luis Fernando Ariste López
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En Lleida, a veintidós de febrero de dos mil uno
La Sección Primera de esta Audiencia Provincial, integrada por los señores indicados al margen, ha visto el recurso de apelación interpuesto por la parte demandante DON Pedro Antonio representada por el/la Procurador/a Sr./a. Fernández Graell y bajo la dirección del Letrado Sr./a. Antonio Sánchez, contra la Sentencia de fecha 9 de octubre de 2000, del Juzgado de Primera Instancia 3 de Lleida, dictada en los autos de juicio de modificación de medidas nº. 214/00 y bajo el número de rollo 165/2000; siendo parte apelada, los codemandados DOÑA Juana y DON Luis Andrés , ambos en situación procesal de rebeldía en las dos instancias. Es Ponente DON Luis Fernando Ariste López, Ilmo. Magistrado de la Audiencia Provincial.
Por el Juzgado de instancia se dictó sentencia cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
Que debo declarar y declaro haber lugar a la demanda presentada por el Procurador Sra. Fernández, en nombre y representación de Pedro Antonio contra Juana y Luis Andrés ; y en consecuencia, mantengo la pensión alimenticia ordenada en Sentencia de 7 de octubre de 1988, con las actualizaciones correspondientes, con un plazo de vigencia de un año a partir de la fecha de esta sentencia, transcurrido elcual quedará automáticamente extinguida.
No ha lugar a hacer expresa condena en costas.
Contra la referida sentencia se interpuso recurso de apelación, que fue admitido y emplazadas las partes ante esta Audiencia Provincial, Sección Primera, ante la que compareció en tiempo y forma la parte apelante y no así la apelada, la cual fue declarada en situació procesal de rebeldía.
Remitidos los autos a la Audiencia, esta acordó formar rollo, nombrando Magistrado Ponente y siguiendo el recurso su trámite y señalándose para la vista del mismo el día 24 de enero de 2001, compareciendo el letrado de la parte apelante, que informó con arreglo a sus respectivas pretensiones.
CUATRO.- En la sustanciación del presente recurso se han observado las prescripciones legales esenciales.
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