SAP Lugo 507/2007, 5 de Julio de 2007
Ponente | MARIA JOSEFA RUIZ TOVAR |
ECLI | ES:APLU:2007:713 |
Número de Recurso | 270/2007 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 507/2007 |
Fecha de Resolución | 5 de Julio de 2007 |
Emisor | Audiencia Provincial - Lugo, Sección 1ª |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1
LUGO
SENTENCIA: 00507/2007
AUDIENCIA PROVINCIAL DE LUGO
Sección 1.ª
SENTENCIA NÚMERO 507
ILMOS. SRES.:
PRESIDENTE:
D.ª MARÍA JOSEFA RUIZ TOVAR
MAGISTRADOS:
D. JOSÉ RAFAEL PEDROSA LÓPEZ
D. JOSÉ ANTONIO VARELA AGRELO
Lugo, a cinco de julio de dos mil siete.
La Ilma. Audiencia Provincial de Lugo ha visto en grado de apelación el Rollo de Sala
n.º270/2007, dimanante del Juicio Divorcio n.º 289/2006 seguido en el Juzgado de Primera
Instancia nº Uno de Lugo; siendo apelante la demandante María Rosa, representada
por la procuradora Sra. Fernández Santos y asistida del letrado Sr. Tejeda Lorenzo y apelado el
demandado Octavio, representado por la procuradora Sra. Stock
Bernardez y asistido del letrado Sr. Nuñez Torrón; actuando como ponente la Presidenta, Ilma.
Sra. Doña MARÍA JOSEFA RUIZ TOVAR.
Con fecha veintiséis de diciembre de dos mil seis, el Juzgado de Primera Instancia nº Uno de Lugo, dictó sentencia en los referidos autos, cuya parte dispositiva dice: "FALLO: Estimando parcialmente la demanda interpuesta por la Procuradora doña Ana María Fernández Santos, declaro disuelto, por divorcio, el matrimonio de los esposos doña María Rosa y don Octavio (inscrito en el Registro Civil de Mozón-Pontevedra-, tomo NUM000 página NUM001, sección NUM005 ) con todos los efectos inherentes a dicha declaración y con la adopción de las siguientes medidas: 1.- El uso de la vivienda familiar, sita en la CARRETERA000 nº NUM006, de Lugo, se atribuye a don Octavio. 2.- Se decreta la disolución de la sociedad de gananciales. Todo ello sin hacer expresa imposición de las costas procesales. Una vez que sea firma esta resolución, comuníquese al Registro Civil correspondiente a los efectos oportunos".
Contra la anterior resolución se interpuso recurso de apelación por la demandante María Rosa, teniéndose por preparado el mismo y cumplidos los trámites del art. 458 y siguientes de la L.E.C. 1/2000 se elevaron los autos a la Audiencia Provincial para la resolución procedente.
En la tramitación del presente recurso se han observado los trámites legales.
Se aceptan los Fundamentos de Derecho de la sentencia apelada, excepto en cuanto deniega la pensión compensatoria a la recurrente.
Se solicita por la recurrente la atribución a la esposa del uso y disfrute de la vivienda ganancial, no conyugal sita en la RONDA000, piso NUM002, tipo NUM003 ) nº NUM004. La propia apelante denomina tal vivienda ganancial, pues la conyugal (estaba en la CARRETERA001 nº NUM006 de esta Ciudad de Lugo, que la demandante abandonó, adjudicándosela la sentencia apelada al marido. Actualmente...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba-
SAP Badajoz 164/2016, 30 de Junio de 2016
...en el procedimiento matrimonial, precisamente por no tratarse de la vivienda familiar ( SAP Murcia 23-12-03 ; SAP Asturias 7-4-06 ; SAP Lugo 5-7-07 ), por lo que ha de estarse en cada caso al régimen propio del bien de que se trate; considerando que la razón de ser del precepto es el manten......