SAP Madrid 110/2007, 27 de Febrero de 2007
Ponente | RAMON BELO GONZALEZ |
ECLI | ES:APM:2007:2458 |
Número de Recurso | 415/2005 |
Número de Resolución | 110/2007 |
Fecha de Resolución | 27 de Febrero de 2007 |
Emisor | Audiencia Provincial - Madrid, Sección 21ª |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 21
MADRID
SENTENCIA: 00110/2007
AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID
SECCIÓN 21
1280A
Tfno.: C/ FERRAZ, 41 Fax: 913971838-39-41-42
-
N.I.G. 28000 1 7006151 /2005
Rollo: RECURSO DE APELACION 415 /2005
Proc. Origen: PROCEDIMIENTO ORDINARIO 5 /2003
Órgano Procedencia: JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 5 de MADRID
Ponente:ILMO. SR. D. RAMÓN BELO GONZÁLEZ
AP
De: Narciso
Procurador: PABLO TRUJILLO CASTELLANO
Contra: BANCO ESPAÑOL DE CREDITO, S.A.
Procurador: EMILIO GARCÍA GUILLÉN
SENTENCIA
MAGISTRADOS Ilmos Sres.:
Dª. ROSA MARIA CARRASCO LÓPEZ
D. RAMÓN BELO GONZÁLEZ
Dª. Mª ALMUDENA CANOVAS DEL CASTILLO PASCUAL
En Madrid a veintisiete de febrero de dos mil siete. La Sección Vigesimoprimera de la Audiencia
Provincial de Madrid, compuesta por los Señores Magistrados expresados al margen, ha visto en grado de apelación los autos de juicio ordinario número 5/2003, procedentes del Juzgado de 1ª Instancia nº 5 de Madrid, seguidos entre partes, de una, como apelante-demandado Narciso, y de otra, como apelado-demandante El Banco Español de Crédito s.a.
VISTO, siendo Magistrado Ponente El ILMO. SR. D. RAMÓN BELO GONZÁLEZ.
La sala acepta y da por reproducidos los antecedentes de hecho de la resolución recurrida.
Por el Juzgado de 1ª Instancia nº 5 de Madrid, en fecha 24 de enero de 2005, se dictó sentencia, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que estimando la demanda formulada por Banco Español de Crédito, S.A., representado por la Procurador de los Tribunales doña Irene Ortega Ruiz, contra Don Narciso, debo condenar y condeno a la parte demandada al pago de treinta y un mil ciento sesenta y tres euros con sesenta y ocho céntimos, (31.163,68) de principal, más los intereses correspondientes según lo establecido en la presente resolución, y todo ello con expresa imposición en cuanto a las costas causadas en esta instancia a la parte demandada."
Notificada la mencionada sentencia, contra la misma, después de preparado, se interpuso recurso de apelación, por la parte demandada, mediante escrito del que se dio traslado a la otra parte, que presentó escrito de oposición al recurso, remitiéndose las actuaciones a esta Sección, ante la que no se ha practicado prueba alguna.
Por providencia de esta Sección, de 24 de octubre de 2006, se acordó que no era necesaria la celebración de vista pública, señalándose para deliberación, votación y fallo el día 26 de febrero de 2007.
En la tramitación del presente procedimiento han sido observadas en ambas instancias las prescripciones legales.
Por los mismos razonamientos jurídicos que se tuvieron en cuenta para dictar la sentencia apelada, que no han sido desvirtuados por la parte recurrente y que ahora se dan por reproducidos, procede su confirmación.
El Banco Español de Crédito s.a., como concedente de un crédito, presenta demanda el día 13 de septiembre de 2002 contra don Narciso, como acreditado que había sido durante varios años empleado de esa entidad crediticia, reclamándole la deuda (31.163,68 euros mas los intereses pactados) que se deriva de cuatro pólizas de crédito firmadas el día 16 de junio de 1995 y que vencían a 31 de diciembre de 1998, las cuales renovaban otras pólizas anteriores (otorgadas entre 1981 y 1993) cuyos importes fueron destinados a la adquisición de acciones de Banesto.
La sentencia dictada en la primera instancia el día 24 de enero de 2005 estimó totalmente la demanda con imposición de las costas al demandado.
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba