SAP Almería 193/2003, 11 de Julio de 2003

ECLIES:APAL:2003:1054
Número de Recurso187/2003
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución193/2003
Fecha de Resolución11 de Julio de 2003
EmisorAudiencia Provincial - Almería, Sección 2ª

D. JOSE MARIA CONTRERAS APARICIOD. MANUEL ESPINOSA LABELLAD. JOSE MARIA VAZQUEZ GARCIA PEÑUELA

SENTENCIA NUM. 193

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ILTMOS. SRES.

PRESIDENTE

D. JOSE MARIA CONTRERAS APARICIO

MAGISTRADOS

D. MANUEL ESPINOSA LABELLA

D. JOSE MARIA VAZQUEZ GARCIA PEÑUELA

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En la Ciudad de Almería, a once de Julio de dos mil tres.

La Sección Segunda de esta Audiencia Provincial, ha visto y oído en grado de apelación, rollo número 187/03 los autos procedentes del Juzgado de 1ª Instancia nº Cuatro de Almería de Procedimiento Ordinario seguidos con el número 405/02 sobre reclamación de cantidad entre partes, de una como apelante D. Pedro Antonio representado por la Procuradora de los Tribunales Dª Mª Dolores Pérez Muros y dirigido por la Letrada Dª María Jesús Vidal Navas y, de otra como apelada Unión General de Trabajadores representado por el Procurador de los Tribunales D. Salvador Martín Alcalde y dirigido por el Letrado D. Francisco Escobar Esteban, no habiendo comparecido en esta alzada el demandado D. Imanol .

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se aceptan los de la sentencia apelada como relación de trámites y antecedentes del procedimiento.

SEGUNDO

Por el Juzgado de 1ª Instancia nº Cuatro de Almería en los referidos autos se dictó sentencia con fecha 3 de Marzo de 2003 cuyo Fallo dispone: " Que estimando parcialmente la demanda formulada por D. Pedro Antonio representado por la Procuradora Dª María Dolores Pérez Muros frente a D. Imanol en rebeldía, y la Unión General de Trabajadores de Almería, representada por el Procurador D. Salvador Martín Alcalde, debo ABSOLVER a ésta última y CONDENAR a D. Imanol al pago a la actora de la suma de 10.130,48 euros con el interés devengado de la expresada cantidad desde la fecha de emplazamiento hasta su completo pago y el prevenido en el art. 576 de la LEC, sin hacer expresa condena en costas al codemandado Sr. Imanol , debiendo la actora abonar las costas respecto a la pretensión deducida frente a UGT.

TERCERO

Contra la referida sentencia y por la representación procesal de la parte actora se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación, acordándose tenerlo por preparado y concediéndosele el plazo de 20 días para interponerlo, lo que realizó solicitando la revocación de la sentencia recurrida y se dicte otra por la que se condene solidariamente a UGT y a Imanol a pagar al actor la suma de 13.730,35 Euros más los intereses devengados desde la fecha de emplazamiento hasta su completo pago, con imposición de las costas de ambas instancias a los demandados ; concediendo 10 días a la parte demandado para que se opusiera a dicho recurso e impugnare la sentencia en lo que le resultare desfavorable, por UGT se evacuó el traslado oponiéndose al recurso y solicitando la confirmación de la sentencia impugnada con expresa condena en costas a la parte apelante; elevados los autos a esta Audiencia y seguido el recurso por sus trámites, se señaló día para votación y fallo que tuvo lugar el día 7 de Julio de 2003 declarándose el recurso visto y concluso para sentencia.

CUARTO

En la tramitación de ambas instancias se han observado las prescripciones legales.

Y siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. JOSE MARIA CONTRERAS APARICIO.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

No se aceptan los que contiene la resolución recurrida relacionados con lo que es objeto de recurso.

SEGUNDO

En la demanda planteada por el hoy apelante, Sr. Pedro...

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