SAP Barcelona, 2 de Octubre de 2000

PonenteJOSE RAMON FERRANDIZ GABRIEL
ECLIES:APB:2000:11781
Número de Recurso1169/1998
ProcedimientoCIVIL
Fecha de Resolución 2 de Octubre de 2000
EmisorAudiencia Provincial - Barcelona, Sección 15ª

SENTENCIA n°

Ilmos. Sres. Magistrados:

D. JOSÉ RAMÓN FERRÁNDIZ GABRIEL

D. RAFAEL GIMENO BAYÓN LOBOS

D. JOSÉ LUÍS CONCEPCIÓN RODRÍGUEZ

En la ciudad de Barcelona, a dos de Octubre de dos mil.

VISTOS, por la Sección Quince de la Audiencia Provincial de Barcelona, en grado de apelación, los autos de menor cuantia, tramitados, con el número 284.96, por el Juzgado de Primera Instancia número Uno de Arenys de Mar , a demanda de BANCA JOVER, S.A., contra D. Jose Enrique , Dª. Bárbara e ING LEASE ESPAÑA ESTABLECIMIENTO FINANCIERO DE CRÉDITO, S.A., pendientes en esta instancia al haber apelado Dª Bárbara la Sentencia que dictó el referido Juzgado el día treinta de Julio de mil novecientos noventa y ocho.

Han comparecido en esta alzada la demandada y apelante, representada por la Procuradora de los Tribunales Dª. María José Blanchar García y defendida por el Letrado D. Francesc Sellé Fiblá, la demandada y apelada Ing Lease España Establecimiento Financiero de Crédito, S.A., representada por el Procurador de los Tribunales D. Alfredo Martínez Sánchez y defendida por el Letrado D. Xavier Perpiñá Ribera y la demandante, también apelada, Banca Jover, S A., representada por el Procurador de los Tribunales D. Ramón Feixó Bergadá y defendida por el Letrado D. Ignacio Puigdollers Ocaña.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La parte dispositiva de la Sentencia apelada es del tenor que sigue: FALLO estimo parcialmente la demanda interpuesta por el Procurador Luis Pons Ribot, en nombre y representación de Banca Jover, S.A., contra Jose Enrique y Bárbara y declaro la rescisión por fraude de acreedores del contrato de compraventa suscrito entre los codemandados Jose Enrique y Bárbara el día dieciséis de Octubre de mil novecientos noventa y dos, ante el notario de Granollers José Luís Peiré Aguirre, por la nuda propiedad de la finca sita en Arenys de Munt, planta NUM000 , puerta NUM001 , de la casa número diecisiete, en la CARRETERA000 , que causó la inscripción NUM000 , finca registral número NUM002 , folio NUM003 , tomo NUM004 , libro NUM005 , sección Arenys de Munt, del Registro de la Propiedad de Arenysde Mar; ordeno la cancelación de la inscripción citada, volviendo la nuda propiedad al patrimonio del demandado Jose Enrique ; y absuelvo a Ing Lease España Establecimiento Financiero de Crédito, S.A., representada por el Procurador Manuel Oliva Rosell, de las peticiones contenidas en esta demanda, al haberse satisfecho su crédito garantizado con hipoteca sobre la finca controvertida; todo ello con expresa imposición a Jose Enrique y Bárbara de todas las costas procesales causadas a las demás partes.

SEGUNDO

La referida Sentencia fue apelada por la demandada Dª. Bárbara . Su recurso se admitió en los dos efectos y los autos fueron elevados a esta Audiencia Provincial, previo emplazamiento de las partes. Se turnaron las actuaciones a la Sección Quince, ante la cual comparecieron los litigantes, con las representaciones y defensas dichas. La vista de la apelación tuvo lugar el día diez de Julio de dos mil, con el resultado que se indica en la precedente diligencia.

VISTOS, por el Ilmo. Sr. Magistrado Ponente D. JOSÉ RAMÓN FERRÁNDIZ GABRIEL.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La Sentencia apelada estimó la acción pauliana que había ejercitado en la demanda (como subsidiaria de la de acción de simulación) la demandante, Banca Jover, S.A. (titular de un crédito reconocido en Sentencia firme: folio número 34), contra su deudor, D. Jose Enrique (propiamente, uno de sus deudores solidarios), contra la compradora, Dª. Bárbara (hija del anterior) y contra otra acreedora, Ing Lease España Establecimiento Financiero de Crédito, S.A. (absuelta), titular de una hipoteca sobre la finca objeto del contrato de compraventa rescindido.

La única apelante,...

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