SAP Madrid, 22 de Diciembre de 2000

JurisdicciónEspaña
Fecha22 Diciembre 2000

Sentencia

En Madrid, a veintidós de Diciembre de dos mil.

La Sección Vigésima de la Audiencia Provincial de Madrid, compuesta por los Señores Magistrados expresados al margen, ha visto en grado de apelación los autos de juicio de cognición sobre resolución de contrato de arrendamiento de vivienda por necesidad, procedentes del Juzgado de 1ª Instancia nº 15 de Madrid, seguidos entre partes, de una, como demandante- apelada, Don Paulino , y de otra, como demandada-apelante, Don Jesus Miguel .

VISTO, siendo Magristrado Ponente la Ilma. Sra. Dª Purificación Martínez Montero de Espinosa .

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de Primera Instancia nº 15 de Madrid, en fecha 6 de julio de 1.998, se dictó sentencia, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que estimando la demanda interpuesta por Don Paulino contra Don Jesus Miguel debo declarar resuelto el contrato de arrendamiento de la vivienda sita en Madrid c/ DIRECCION000 NUM000 NUM001 , condenando al demandado a que la desaloje con expresa imposición de las costas causadas.".

SEGUNDO

Contra la anterior resolución se interpuso recurso de apelación por la parte demandada, exponiendo las alegaciones en que basa su impugnación. Admitido el recurso en ambos efectos, se dio traslado del mismo a la parte apelada, quien presentó escrito impugnándolo. Elevados los autos ante esta Sección, fueron turnados de ponencia; y quedando el procedimiento pendiente de resolución, se señaló para deliberación y votación, lo que se ha llevado a cabo por los Magistrados de esta Sección.

TERCERO

En la tramitación del presente procedimiento han sido observadas las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Se aceptan los de la sentencia recurrida.

PRIMERO

Por el Juez "a quo" se ha dictado sentencia por la que, tras rechazar la excepción de litispendencia, ha estimado la demanda promovida por Don Paulino contra Don Jesus Miguel , y ha declarado resuelto el contrato de arrendamiento de vivienda que les vinculaba, por considerar probada la causa de necesidad invocada por el actor.

Contra esta resolución se ha alzado el demandado, reiterando, en esencia, como únicos motivos de recurso, la ya aducida litispendencia, y la falta de acreditación de la causa de necesidad alegada por el demandante.

El recurso ha sido expresamente impugnado de contrario, solicitando la confirmación de la sentenciade instancia por sus propios fundamentos, que, entiende, no han sido desvirtuados por las alegaciones de la parte apelante.

SEGUNDO

Centrado en los...

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