SAP Madrid 63/2008, 22 de Febrero de 2008
Ponente | EDUARDO VICTOR BERMUDEZ OCHOA |
ECLI | ES:APM:2008:2939 |
Número de Recurso | 68/2008 |
Procedimiento | PENAL |
Número de Resolución | 63/2008 |
Fecha de Resolución | 22 de Febrero de 2008 |
Emisor | Audiencia Provincial - Madrid, Sección 3ª |
AUDIENCIA PROVINCIAL
SECCION TERCERA
MADRID
ROLLO APELACION: 68/08
JUICIO FALTAS: 525/07
JDO.INS.Nº 4 - PARLA
SENTENCIA NUM: 63
En Madrid, a 22 de febrero de 2008.
El Ilmo. Sr. D. Eduardo Víctor Bermúdez Ochoa, Magistrado de la Sección 3ª de la Audiencia Provincial, actuando como Tribunal Unipersonal en turno de reparto, ha visto en segunda instancia, ante ésta Sección Tercera, la presente apelación contra Sentencia dictada por el Juzgado de Instrucción nº 4 de los de Parla, en el Juicio de Faltas seguido ante dicho Juzgado bajo el número 525/07, habiendo sido partes como apelantes Humberto y Jose Miguel, y como apelado el Ministerio Fiscal.
El Juzgado de Instrucción nº 4 de los de Parla (Madrid) en el Juicio de Faltas antes mencionado dictó Sentencia con fecha 14 de noviembre de 2007, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "Que debo condenar y condeno a Humberto como autor penalmente responsable de una falta de respeto a agentes de la autoridad, a la pena de multa de veinte días con una cuota diaria de seis euros (120 €), debiendo hacer efectiva dicha multa dentro de los cinco días siguientes al requerimiento que se le efectué una vez firme la presente resolución, con imposición de las costas si las hubiere.
Que debo condenar y condeno a Gloria como autora penalmente responsable de una falta de respeto a agentes de la autoridad, a la pena de multa de quince días con una cuota diaria de cuatro euros (60 €), debiendo hacer efectiva dicha multa dentro de los cinco días siguientes al requerimiento que se le efectúe una vez firme la presente resolución, con imposición de las costas si las hubiere.
Los mencionados quedarán sujetos en caso de impago a la responsabilidad personal subsidiaria prevista en el Art. 53 del Código Penal de un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias no satisfechas."
Notificada dicha Sentencia a las partes personadas, por Humberto y Jose Miguel se interpuso Recurso de Apelación, haciendo las alegaciones que se contienen en su escrito del Recurso que aquí se tienen por reproducidas, no pidiéndose la práctica de ninguna diligencia de prueba, dándose traslado del escrito de apelación por el Juez de Instrucción a las demás partes personadas por el plazo de diez días comunes para que pudieran adherirse o impugnarlo.
Recibido el procedimiento en esta Audiencia y Sección Tercera el día 22 de febrero de 2008, se acordó la formación del Rollo, al que correspondió el número 68/08, acordándose por la Sala se dictase la resolución correspondiente por el Magistrado Unipersonal reseñado al principio de la presente.
Se aceptan y dan por reproducidos íntegramente los que como tales figuran en la Sentencia apelada.
Los recurrentes consideran inaplicable el art. 634 del Código Penal por afirmar que la actuación de los agentes municipales al pedir su identificación a Humberto, pero no la de la otra persona con la que discutía, obedeció a motivos...
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