SAP Madrid 459/2003, 10 de Septiembre de 2003

PonenteD. FRANCISCO RAMON MOYA HURTADO DE MENDOZA
ECLIES:APM:2003:9662
Número de Recurso327/2002
Número de Resolución459/2003
Fecha de Resolución10 de Septiembre de 2003
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 25ª

D. FRANCISCO RAMON MOYA HURTADO DE MENDOZADª. PALOMA MARTA GARCIA DE CECA BENITOD. CARLOS LOPEZ-MUÑIZ CRIADO

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 25

MADRID

SENTENCIA: 00459/2003

Fecha: 10/09/2003

Rollo: RECURSO DE APELACIÓN 327/2002

Ponente: ILMO. SR. D. FRANCISCO MOYA HURTADO

Apelante: D. Pedro Miguel

PROCURADOR: SIN DESIGNAR

Apelados: D. Matías /CIA MAPFRE INDUSTRIAL, S.A.

PROCURADOR: SIN DESIGNAR / D. FEDERICO RUIPÉREZ PALOMONO

Autos: VERBAL Nº. 576/98

Procedencia: JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA N. 2 DE NAVALCARNERO

Ilmos. Sres. Magistrados:

D. FRANCISCO MOYA HURTADO

Dª. PALOMA GARCÍA DE CECA BENITO

D. CARLOS LÓPEZ MUÑIZ CRIADO

En MADRID, a diez de septiembre de dos mil tres.

VISTO en grado de apelación ante esta Sección 25 de la Audiencia Provincial de MADRID, los Autos VERBAL 576/98, procedentes del JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA N. 2 DE NAVALCARNERO de MADRID, a los que ha correspondido el Rollo 327 /2002, en los que aparece como parte apelante D. Pedro Miguel, SIN PROFESIONAL ASIGNADO, y como apelados: D. Matías,SIN PROFESIONAL ASIGNADO y CIA MAPFRE INDUSTRIAL, S.A., representada por el procurador D. FEDERICO RUIPÉREZ PALOMINO, sobre reclamación de cantidad, y siendo Magistrado Ponente el ILMO. SR. D. FRANCISCO MOYA HURTADO.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que los autos originales núm. 576/1998, procedentes del Juzgado de Primera Instancia Núm. 2 de los de Navalcarnero, fueron remitidos a esta Sección Vigesimoquinta de la Audiencia Provincial de Madrid, de conformidad con lo dispuesto en las Normas de Reparto aprobadas por la Sala de Gobierno del Excmo. Tribunal Superior de Justicia de Madrid.

SEGUNDO

Que por la Ilma. Sra. Dª. Raquel Robles González, Magistrado Juez del Juzgado de Primera Instancia núm. 2 de Navalcarnero, se dictó sentencia con fecha 6 de Marzo de 2000, cuya PARTE DISPOSITIVA dice así: FALLO.- " Que estimando la demanda interpuesta por D. ANTONIO JIMÉNEZ ANDOSILLA, procurador de los Tribunales, en nombre y representación de DON Matías, contra D. Pedro Miguel, debo condenar y condeno al demandado a satisfacer al actor la cantidad de CIENTO TREINTA Y SEIS MIL CIENTO TREINTA Y OCHO PESETAS (136.138 pesetas.), más intereses legales, y las costas contra él causadas y devengadas. Asimismo debo absolver y absuelvo libremente a MAPFRE INDUSTRIAL S.A. de los pedimentos contra ella deducidos, recayendo sus costas si se hubiesen devengado en la parte actora."

TERCERO

Que contra dicha Sentencia se preparó e interpuso en tiempo y forma recurso de apelación por la representación procesal de la parte demandante, dándole traslado del mismo a las partes demandante y demandada quienes presentaron en tiempo y forma sendos escritos de oposición al recurso entablado; remitiéndose los autos a esta Sección Vigesimoquinta, se señaló para deliberación, votación y fallo del presente recurso el día 10 de Septiembre del año en curso.

CUARTO

Que en la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Por el demandante en la instancia se ejercitó acción en reclamación de cantidad contra el demandado y la aseguradora del Ayuntamiento de San Martín de Valdeiglesias, por los daños y perjuicios sufridos al colisionar el tractor de su propiedad con las piedras ubicadas en la calzada que ocasionaron su desplazamiento y caída sobre su costado izquierdo, hecho ocurrido el día 1 de...

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