SAP Madrid 347/2007, 27 de Abril de 2007

PonenteMIGUEL HIDALGO ABIA
ECLIES:APM:2007:5699
Número de Recurso191/2007
Número de Resolución347/2007
Fecha de Resolución27 de Abril de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 16ª

AUDIENCIA PROVINCIAL

SECCION DECIMOSEXTA

MADRID

ROLLO DE APELACIÓN Nº: 191/2007 RJ

JUICIO DE FALTAS 599/05

JUZGADO DE INSTRUCCIÓN Nº 2 DE ARGANDA DEL REY

SENTENCIA Nº 347/2007

D. MIGUEL HIDALGO ABIA

En Madrid, a veintisiete de abril de dos mil siete.

Vistos por D. MIGUEL HIDALGO ABIA, Magistrado de ésta Sección 16ª de la Audiencia Provincial de Madrid, actuando como Tribunal Unipersonal, los presentes Recursos de Apelación nº 191/07 contra la sentencia de fecha 20-4-06, dictada por el Magistrado del Juzgado de Instrucción nº 2 de Arganda del Rey, en el Juicio de Faltas nº 599/05, interpuestos por el procurador don Vicente García-Mochales Benavente, en representación de Francisco, y por el letrado don Antonio Muñoz Pereira, en defensa de los herederos de don Jesús Luis. Siendo partes apeladas La Estrella, S.A., y Banco Vitalicio de España, S.A.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de Instrucción nº 2 de Arganda del Rey, en el procedimiento que más arriba se indica se dictó sentencia, de fecha 20-4-06, cuya parte dispositiva establece:

"FALLO: "Que debo condenar y condeno a don Francisco como autor penalmente responsable de una falta prevista y penada en el art. 621.1 del Código Penal, a la pena de TREINTA DÍAS DE MULTA con cuota diaria de CUATRO EUROS con la responsabilidad personal subsidiaria del artículo 53 del Código Penal en caso de impago, y a que indemnice a los herederos de don Jesús Luis, en la cantidad de CINCO MIL CIENTO VEINTINUEVE (5.129) EUROS, solidariamente junto a las entidades aseguradoras LA ESTRELLA Y BANCO VITALICIO como Responsables Civiles Directas imponiéndolas a éstas el pago de los intereses del artículo 20 de la Ley de Contrato de Seguro, y subsidiariamente por la entidad TRANSPORTES ROTA, S.L; y así mismo se condena a don Francisco solidariamente con las entidades aseguradoras LA ESTRELLA y BANCO TRANSPORTES ROTA S.L. a que indemnicen a don Jesús Luis en la cantidad que se determine en ejecución de sentencia como valor venal de la furgoneta de su propiedad matrícula K-....-KB incrementado en un 30% de valor de afección; todo ello con expresa imposición de costas a los condenados".

SEGUNDO

Notificada dicha sentencia a las partes, por el procurador don Vicente García- Mochales Benavente, en representación de Francisco, y por el letrado don Antonio Muñoz Pereira, en defensa de los herederos de don Jesús Luis, se formalizaron los recursos de apelación, que autoriza el artículo 976 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, que hizo las alegaciones que se contienen en sus escritos de recurso, que aquí se tienen por reproducidas, no pidiéndose la práctica de ninguna diligencia de prueba.

De los escritos de formalización se dio traslado por el Juez de Instrucción al Ministerio Fiscal y a las demás partes personadas por el plazo de diez días comunes para que pudieran adherirse o impugnarlo. Siendo impugnados por el procurador don Vicente García-Mochales Benavente, en representación de La Estrella S.A., y por la procurador doña Josefina Fátima García García, en representación de Banco Vitalicio de España, S.A.

TERCERO

Recibidas las actuaciones en esta Audiencia Provincial se formó el correspondiente rollo de apelación, repartiéndose por turno para la resolución, conforme al artículo 82.2 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, al...

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