SAP Almería 69/2000, 26 de Febrero de 2000

PonenteJUAN RUIZ-RICO RUIZ-MORON
ECLIES:APAL:2000:277
Número de Recurso148/1999
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución69/2000
Fecha de Resolución26 de Febrero de 2000
EmisorAudiencia Provincial - Almería, Sección 1ª

SENTENCIA Nº 69

ILTMOS. SRES.

PRESIDENTE

D. JUAN RUIZ RICO RUIZ MORON

MAGISTRADOS

D. RAFAEL GARCIA LARAÑA

D. JAVIER CAMPOS AMARO

En la ciudad de Almería, a veintiséis de Febrero del dos mil

La Sección 1ª de esta Audiencia Provincial ha visto en grado de apelación, Rollo n° 148 de 1999 los autos procedentes del Juzgado de 1ª Instancia n° 8 de Almería seguidos con el n° 117 de 1998 sobre responsabilidad extracontractual entre partes, de una como actora Dª. María Esther y, de otra como demandada la Compañía Sevillana de Electricidad, cuyas demás circunstancias constan en la sentencia apelada, la primera representado por el Procurador D. Salvador Martín Alcalde y dirigida por la Letrada Dª. María Piquer Socias y la segunda representada por el Procurador D. José Soler Turmo y dirigida por el Letrado D. Enrique Sánchez Gómez

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se aceptan los de la sentencia apelada como relación de trámites y antecedentes del procedimiento.

SEGUNDO

Por el Sr. Juzgado de 1ª instancia n° 8 de Almería en los referidos autos se dictó sentencia con fecha 17 de marzo de 1999 cuyo Fallo dispone: "Que desestimando la demanda formulada por el Procurador Sr. Martín Alcalde, en nombre y representación de DOÑA María Esther , contra la COMPAÑIA SEVILLANA DE ELECTRICIDAD, representada por el Procurador Sr. Soler Turmo, debo declarar y declaro no haber lugar a los pedimentos contenidos en la misma, y debo absolver y absuelvo a dicha demandada, con expresa imposición de las costas a la actora".

TERCERO

Contra la referida sentencia y por la representación procesal de la parte actora se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación, que fue admitido en ambos efectos, elevándose los autos al Tribunal, previo emplazamiento de las partes en el término legal, donde se formó el rollo correspondiente, en el que oportunamente comparecieron las mismas y seguido el recurso por sus trámites, se señaló día para la vista, la que tuvo lugar el 21 de febrero del 2000, con asistencia de las representaciones de las partes comparecidas y sus Letrados, solicitando el de la primera la revocación de la sentencia impugnada y que se dicte otra por la que se estime íntegramente la demanda y se condene a la demandada en los términos interesados en el suplico de aquella y el Letrado de la parte apelada su íntegra confirmación con expresa imposición de las costas de la alzada al recurrente declarándose el recurso visto y concluso para sentencia.CUARTO.- En la tramitación de esta instancia se han observado las prescripciones legales.

Es Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. JUAN RUIZ RICO RUIZ MORON

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Dª María Esther promovió juicio de menor cuantía frente a la Compañía Sevillana de Electricidad reclamándole la cantidad de 3.286.975 ptas., en concepto de indemnización de los daños y perjuicios causados como consecuencia de la caída que aquella sufrió debido a la existencia de una placa metálica en el suelo y que sobresalía unos siete centímetros, que ocasionó que se le doblara el tobillo y sufriera las lesiones y secuelas que relata en su demanda. La demandada se opuso a la pretensión de la actora negando cualquier tipo de responsabilidad en la caída al suelo de la actora. La sentencia de primera instancia desestimó la demanda.

SEGUNDO

Los hechos relatados en la demanda tienen necesariamente que ser analizados dentro del amplio campo de la responsabilidad por culpa acogida en el art. 1902 del Código Civil , cuya aplicación requiere en términos generales la necesidad ineludible de un reproche culpabilístico al eventual responsable del resultado dañoso, pues si bien la jurisprudencia ha ido evolucionando en el sentido de...

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