SAP León 53/2007, 2 de Marzo de 2007

PonenteLUIS ADOLFO MALLO MALLO
ECLIES:APLE:2007:224
Número de Recurso247/2006
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución53/2007
Fecha de Resolución 2 de Marzo de 2007
EmisorAudiencia Provincial - León, Sección 3ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 3

LEON

SENTENCIA: 00053/2007

AUDIENCIA PROVINCIAL

SECCION TERCERA

LEON

Apelación Civil núm. 247/06

Autos Pieza de Resp. Civil nº 205/04

Juzgado de Menores de León.

S E N T E N C I A Nº. 53/07

Iltmos. Sres.

D. LUIS ADOLFO MALLO MALLO. Presidente

D. MIGUEL ÁNGEL ÁMEZ MARTÍNEZ. Magistrado

D. PILAR ROBLES GARCIA.- Magistrada.

En León, a dos de Marzo de dos mil siete.

VISTO ante el tribunal de la Sección Tercera de la Audiencia Provincial el recurso de apelación civil arriba indicado, en el que han sido apelantes Alejandro y Ismael, representados por el Procurador D. Miguel Angel Díez Cano y dirigidos por el Letrado Dª Rocio Fernández Posada y Luis Enrique (menor), dirigido por el Letrado D. Ramiro Díez Bayón; y apelados Julián, dirigido por el Letrado D. Luis Mª Díez Bardón, y Jose Miguel representado por la Procuradora Dª Nélida Pérez Gutiérrez. Actuando como Magistrado Ponente para este trámite el Ilmo Sr. D. LUIS ADOLFO MALLO MALLO.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Ilmo. Sr. Juez del Juzgado de Menores de León dictó sentencia en los referidos autos, cuya parte dispositiva, literalmente copiada dice así: "Que estimando la demanda interpuesta por el Procurador D. Miguel Angel Díez Cano, actuando en interés y representación de Alejandro y Ismael, contra los menores Julián y Luis Enrique y sus padre Bernardo y Nieves y contra el menor Jose Miguel y sus padres Darío y Rita, en reclamación de cantidad, debo condenar y condeno a todos los demandados a que de forma conjunta y solidaria abonen a Ismael la cantidad de 891 euros y condeno también al menor Jose Miguel y sus padres Darío y Rita a que paguen a Alejandro la cantidad de 1559,88 euros, todo ello en concepto de responsabilidad civil derivada de la infracción penal cometida, con los intereses ordinarios previstos en la LEC y sin hacer condena en costas."que fue aclarada por Autos de fecha 24 de marzo de 2006 cuya parte dispositiva dice: "Se corrige el error aritmético padecido en la sentencia de fecha 13-3-2006, recaída en la pieza separada de responsabilidad civil nº 205/04, en el sentido indicado señalando que la correcta indemnización que corresponde a Alejandro es de 1.58828 euros."

SEGUNDO

Contra la relacionada sentencia, que lleva fecha de 13-3-06 y Auto aclaratorio de 24 de marzo de 2006, se interpuso recurso por la parte apelante, por cuyo motivo se elevaron los autos a esta Audiencia, ante la que se personaron dentro del término del emplazamiento y en legal forma las partes litigantes y seguidos los demás trámites se señaló el día 26 de Febrero de 2007 para deliberación.

TERCERO

En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales excepto el plazo para dictar...

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