SAP Barcelona, 29 de Octubre de 2003

PonenteMARIA DEL CARMEN VIDAL MARTINEZ
ECLIES:APB:2003:5872
Número de Recurso31/2003
ProcedimientoCIVIL
Fecha de Resolución29 de Octubre de 2003
EmisorAudiencia Provincial - Barcelona, Sección 14ª

SENTENCIA N ú m.

Ilmos. Sres.

Dª. Mª EUGENIA ALEGRET BURGUÉS

Dª. CARMEN VIDAL MARTÍNEZ

Dª. MARTA FONT MARQUINA

En la ciudad de Barcelona, a veintinueve de octubre de dos mil tres.

VISTOS, en grado de apelación, ante la Sección Catorce de esta Audiencia Provincial, los presentes autos de Declarativo Menor Cuantía nº 6/2001, seguidos por el Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Mollet Vallés, a instancia de D. Carlos José , Dª. Angelina y D. Lorenzo , contra PROMOC. INMOB. MATARÓ 2000, S.L., D. Emilio , D. Juan Ignacio , ASEFA S.A. DE SEGUROS Y REASEGUROS, CEP D'ASEGURANCES GRLES., S.A., AMFORA PROMO-CONST., S.L. y CONSULTING DE ARQUIT. Y URBAN., S.L.; los cuales penden ante esta Superioridad en virtud del recurso de apelación interpuesto por la parte actora y demandada contra la Sentencia dictada en los mismos el día 5 de Junio de 2002, por el/la Juez del expresado Juzgado.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se aceptan los Antecedentes de Hecho de la Sentencia apelada cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que estimando íntegramente la demanda interpuesta por Don Manuel Muñoz Muñoz en nombre y representación de Don Carlos José y Doña Angelina contra PROMOCIONS INMOBILIÁRIES MATARÓ 2002, S.L., Don Emilio , y Don Juan Ignacio , así como estimando sustancialmente la demanda interpuesta por Don Lorenzo contra los mismos demandados y además contra CEP D'ASSEGURANCES GENERALS, S.A., AMFORA PROMO-CONST, S.L., CONSULTING DE ARQUITECTURA Y URBANISMO, S.L. y ASEFA, S.A. DE SEGUROS Y REASEGUROS: 1º): Condeno solidariamente a PROMOCIONS INMOBILIÁRIES MATARÓ 2002, S.L., Don Emilio , y Don Juan Ignacio a pagar a Don Carlos José y Doña Angelina la cantidad de 26.353,18 euros. 2º.) Condeno solidariamente a PROMOCIONS INMOBILIÁRIES MATARÓ 2002, S.L., Don Emilio , Don Juan Ignacio , CEP D'ASSEGURANCES GENERALS, S.A., AMFORA PROMO-CONST, S.L., CONSULTING DEARQUITECTURA Y URBANISMO, S.L. y ASEFA, S.A. DE SEGUROS Y REASEGUROS a pagar a Don Lorenzo la cantidad de 3.125,26 euros, excepto ASEFA, S.A. DE SEGUROS Y REASEGUROS, que deberá pagar solamente 2.500,21 euros. 3º) Condeno a los demandados al pago de las costas del juicio".

SEGUNDO

Contra la anterior Sentencia interpuso recurso de apelación la parte actora y demandada mediante su escrito motivado, dándose traslado a la contraria; elevándose las actuaciones a esta Audiencia Provincial.

TERCERO

Se señaló para votación y fallo el día 23 de Octubre de 2003.

CUARTO

En el presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.

VISTO, siendo Ponente la Ilma. Sra. Magistrada Dª. CARMEN VIDAL MARTÍNEZ.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Se aceptan, en lo coincidente, los de la resolución recurrida, y

PRIMERO

Frente a la sentencia que reputó responsables solidarios a todos los demandados, por los daños causados en la ejecución de una obra al edificio colindante, y al propietario de un vehículo estacionado dentro de la nave siniestrada, se alzan el arquitecto, aparejador y la aseguradora de Consulting, sosteniendo su ausencia de responsabilidad. También apela la sentencia el actor de la demanda acumulada, es decir, el propietario del vehículo, impugnando la cuantía concedida y los intereses.

SEGUNDO

Teniendo en cuenta que la realidad del siniestro, ocurrido el 4-1- 2000, resulta ser un hecho admitido, conviene precisar la doctrina jurisprudencial existente y así el TS en sentencia de 22/7/2002 ha sintetizado la doctrina aplicable, declarando que: "La solución adoptada es conforme a la doctrina de esta Sala en temas similares (Sentencias de 19 diciembre 1987, 9 y 10 marzo 1989, 30 septiembre 1992 sobre daños derivados de demoliciones o derribos de edificios contiguos; 24 febrero y 25 junio 1986 y 10 diciembre 1992 dimanantes de excavaciones o...

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