SAP Jaén 108/2005, 13 de Mayo de 2005

PonenteMARIA JESUS JURADO CABRERA
ECLIES:APJ:2005:272
Número de Recurso144/2005
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución108/2005
Fecha de Resolución13 de Mayo de 2005
EmisorAudiencia Provincial - Jaén, Sección 1ª

SENTENCIA Nº 108

ILTMOS. SRES.

PRESIDENTE

D. Pío Aguirre Zamorano

MAGISTRADOS

Dª. María Esperanza Pérez Espino

Dª. María Jesús Jurado Cabrera

En la ciudad de Jaén, a trece de mayo de dos mil cinco.

Vistos en grado de apelación, por la Sección Primera de esta Audiencia Provincial los autos de Juicio Verbal, del art. 328 de la L.H . seguidos en primera instancia con el nº 315 del año 2004, por el Juzgado de Primera Instancia nº 1 (antiguo Mixto nº 7) de Jaén, rollo de apelación de esta Audiencia nº 144 del año 2005, a instancia de Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía, defendida por el Letrado de la Junta de Andalucía, contra el Ministerio Fiscal, contra la Dirección General de los Registros y del Notariado, defendida por el Sr. Abogado del Estado y contra Milagros y D. Carlos Alberto , fallecido y personados sus herederos D. Ángel , Dª. Antonia , Dª. Carmela y Dª. Diana , representados en la instancia por el Procurador Sr. del Balzo Parra y defendidos por el Letrado Sr. Priego Campos.

ACEPTANDO los antecedentes de hecho de la Sentencia apelada, dictada por el Juzgado de Primera Instancia nº 1 (antiguo Mixto nº 7) de Jaén, con fecha 24 de junio de 2004 .

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por dicho Juzgado y en la fecha indicada, se dictó sentencia que contiene el siguiente FALLO: "Debiendo estimar la demanda formulada por la Junta de Andalucía frente al Ministerio Fiscal con intervención de D. Carlos Alberto y Dª Milagros , representados por el procurador D. Leonardo del Balzo Parra y con la asistencia del letrado D. Fernando Priego Campos y de la Dirección General de los Registros y del Notariado, la estimo revocando la calificación confirmatoria de la nota del Registrador de la Propiedad, de 9/12/2.002 de la Dirección General de los Registros y acordando la práctica de la inscripción registral de la finca sitio del Rincón adquirida en virtud del derecho de retracto contemplado en las leyes 4/89 de 27/3 de conservación de espacios naturales y de la flora y fauna silvestres y 2/89 de 18/7 que aprueba el inventario de espacios naturales protegidos de Andalucía, todo lo cual sin efectuar especial declaración sobre costas procesales".

SEGUNDO

Contra dicha sentencia se preparó e interpuso por la Dirección General de los Registros y del Notariado, y por los demandados titulares registrales, en tiempo y forma, recurso de apelación, que fue admitido en ambos efectos por el Juzgado de Primera Instancia nº 1 (antiguo Mixto nº 7) de Jaén, presentando para ello escrito de alegaciones en el que basa su recurso en inadecuación de procedimiento, por entender que debía haber acudido ante la jurisdicción civil ordinaria, para que por el Juzgadocompetente se declare el derecho de retracto, solicitando la revocación de la sentencia y se dicte otra conforme a sus pretensiones.

TERCERO

Dado traslado a las demás partes del escrito de apelación, se presentó escrito impugnándolo por la Junta de Andalucía, Consejería de Medio Ambiente y por el Ministerio Fiscal, remitiéndose por el Juzgado las actuaciones a esta Audiencia, en la que se formó el rollo correspondiente, quedando las actuaciones sobre la mesa para dictar la resolución oportuna.

CUARTO

En la tramitación de este recurso se han observado las formalidades legales.

Siendo Ponente la Magistrada Dª María Jesús Jurado Cabrera.

No aceptando los fundamentos de derecho de la resolución impugnada.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero

Contra la sentencia dictada en la instancia por la cual se estima la demanda formulada por la Junta de Andalucía y en consecuencia acuerda la práctica de la inscripción registral de la finca sitio del Rincón, adquirida en virtud del derecho de retracto contemplado en las leyes 4/89 de 27 de marzo de conservación de espacios naturales y de la flora y fauna silvestres y 2/89 de 18 de julio que aprueba el inventario de espacios naturales protegidos de Andalucía, se alza tanto el Sr. Abogado del Estado en representación de la Dirección General de los Registros y del Notariado, como D. Carlos Alberto y Dª. Milagros , manteniendo ambas partes recurrentes, que para ejercitar el derecho de retracto por parte de la Junta de Andalucía, al no tener el consentimiento expreso del propietario D. Carlos Alberto , la Junta de Andalucía tenía que haber acudido indudablemente ante la jurisdicción civil ordinaria para que por los Juzgados competentes se declare el derecho de retracto, por lo que en definitiva y tras alegar la infracción de diversos...

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