SAP Alicante 174/2007, 17 de Mayo de 2007
Ponente | MANUEL ALENDA SALINAS |
ECLI | ES:APA:2007:1053 |
Número de Recurso | 89/2006 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 174/2007 |
Fecha de Resolución | 17 de Mayo de 2007 |
Emisor | Audiencia Provincial - Alicante, Sección 6ª |
Rollo de apelación nº 89-C/2006
Juzgado de Primera Instancia nº 5 de Alicante
Procedimiento Juicio Ordinario (Retracto) nº 1247/04
S E N T E N C I A Nº 174/2007
Iltmos. Sres.
Don Francisco Javier Prieto Lozano
Don José María Rives Seva
Don Manuel Alenda Salinas
En la Ciudad de Alicante, a diecisiete de Mayo de dos mil siete.
La Sección Sexta de la Audiencia Provincial de esta Ciudad de Alicante, integrada por los Iltmos. Sres. expresados al margen ha visto, en grado de apelación, Rollo de la Sala nº 89-C/2006, los autos de juicio ordinario (retracto) nº 1247/2004, seguidos en el Juzgado de Primera Instancia nº 5 de la ciudad de Alicante, en virtud del recurso de apelación entablado por la parte demandada, Dª Regina, que ha intervenido en esta alzada en su condición de recurrente, representada por el Procurador Sr. Martínez Martínez y defendida por la Letrada Sra. Esquerdo Orozco y siendo apelada la parte actora, D. Jesús Luis, representado por el Procurador Sr. Ivorra Martínez y defendido por el Letrado Sr. García Galán.
Por el Juzgado de Primera Instancia nº 5 de la Ciudad de Alicante y en los autos de Juicio ordinario (Retracto) nº 1247/2004, en fecha 7 de noviembre de 2006, se dictó sentencia cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO.- Que estimando la demanda de Juicio Ordinario interpuesta por el Procurador Sr. Ivorra Martinez, en nombre y representación de Jesús Luis contra Regina debo declarar haber lugar al retracto de colindantes con relación a la finca de autos condenando a la demandada a estar y pasar por dicha declaración, y a que transmita la indicada finca al demandante por el mismo precio y en las mismas condiciones en que ella la adquirió a su anterior titular, otorgando a tal fin la oportuna escritura pública en el plazo de diez días hábiles desde la firmeza de esta sentencia, en cuyo acto será resarcida por el actor en la cantidad de 9.015,18 euros por precio de la venta y de 6.047,74 euros por los gastos del contrato, y gastos necesarios y útiles, bajo apercibimiento de otorgarla de oficio si no lo hiciera; con expresa condena en costas a la demandada. Dése cuenta a la Agencia Tributaria respecto de la declaración realizada por Rosendo con DNI NUM000 a los 4 minutos de la grabación de la diligencia final respecto del documento nº 8 de la contestación a la demanda (folio 109).".
Contra dicha sentencia se interpuso recurso de apelación en tiempo y forma por la representación de la parte demandada, siendo tramitado conforme a lo dispuesto en los artículos 457 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil, con traslado del mismo a la parte actora por...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba