SAP Madrid 176/2008, 6 de Marzo de 2008

PonenteFATIMA MARIA DURAN HINCHADO
ECLIES:APM:2008:3123
Número de Recurso23/2008
ProcedimientoPENAL
Número de Resolución176/2008
Fecha de Resolución 6 de Marzo de 2008
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 26ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 26

MADRID

SENTENCIA: 00176/2008

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID

Sección Vigésimosexta

Rollo número 23/2.008 RP

Órgano de Procedencia: Juzgado de lo Penal número 16 de Madrid

Proc. Origen: Procedimiento Abreviado número 247/2.007

SENTENCIA núm. 176/08

S.S. Ilmas.

DOÑA SUSANA POLO GARCÍA (Presidenta)

DOÑA TERESA ARCONADA VIGUERA

DOÑA FÁTIMA DURÁN HINCHADO

En Madrid, a 06 de marzo de 2008.

La Audiencia Provincial de Madrid, Sección Vigésimosexta, compuesta por la Ilma Sra. Presidenta Doña SUSANA POLO GARCÍA y por las Ilmas. Sras. Magistradas Doña TERESA ARCONADA VIGUERA y Doña FÁTIMA DURÁN HINCHADO ha entendido de la causa registrada como rollo número 23/2.008 en trámite de apelación contra la sentencia número 142/2007 dictada el día 23 de mayo de 2007 en el procedimiento abreviado número 247/2007 seguido ante el Juzgado de lo Penal número Dieciséis de Madrid, procede dictar la presente resolución en base a los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado Penal, se dictó sentencia con fecha 23-05-07, cuyos hechos probados son del tenor literal siguiente:

UNICO.- Se declara probado que, el acusado Jose Daniel, mayor de edad, con DNI. Núm. NUM000 y con antecedentes penales no aplicables, sobre las 3 h 00m del día 6 de Mayo de 2007, en Madrid, en concreto en la calle Benificiencia, con ánimo de obtener un ilícito beneficio fracturo la ventanilla del cortavientos del vehículo Renault Megane....-MZB propiedad de Aurora, causando daños valorados en 6,67 euros, y una vez en su interior se apropió de diversos efectos siendo posteriormente detenido por agentes de la Policía Nacional que observaron como tenía en su poder los efectos sustraídos que fueron reconocidos por su legitimo propietario y recuperados.

Su parte dispositiva contenía el siguiente fallo:

"Que, debo CONDENAR Y CONDENO a Jose Daniel, como autor penalmente responsable de un Delito de robo con fuerza en las cosas en grado de tentativa, ya circunstanciado, sin la concurrencia de circunstancia modificativa de la responsabilidad criminal, a la pena de ONCE (11) MESES DE PRISIÓN. Además de la inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena.

Todo ello, con expresa imposición de las costas del presente juicio.".

SEGUNDO

Contra la meritada sentencia interpuso el acusado el día 19 de junio siguiente recurso de apelación representado por la Procuradora Doña Amparo Ramírez.

Producida la admisión de dicho recurso, se confirió el oportuno traslado del mismo al Ministerio Fiscal, que emitió informe oponiéndose al mismo.

Remitidas y recibidas las actuaciones en esta Audiencia Provincial se verificó reparto con arreglo a las disposiciones establecidas para esta Sección Primera, señalándose fecha para su deliberación.

TERCERO

En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales, expresando el parecer de la Sala como Magistrado Ponente la Ilma. Sra. Doña FÁTIMA DURÁN HINCHADO.

Devuelto el conocimiento pleno de lo actuado a esta Sala, procede declarar y declaramos como hechos probados, que se aceptan, los recogidos en la sentencia recurrida.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El recurso ahora enjuiciado acciona contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Penal sobre la base las alegaciones de error en la valoración apreciación de la prueba e infracción de principio de presunción de inocencia al no resultar probado que el recurrente fracturara la ventanilla del cortavientos del vehículo de autos y sustrajera efectos de su interior obedeciendo al infortunio que se encontrara al lado de los efectos que habría sido sustraídos por una tercera persona desconocida. Solicita de manera subsidiaria la aplicación de la...

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