SAP Sevilla 468/2004, 20 de Octubre de 2004

ECLIES:APSE:2004:3924
ProcedimientoPENAL
Número de Resolución468/2004
Fecha de Resolución20 de Octubre de 2004
EmisorAudiencia Provincial - Sevilla, Sección 1ª

S E N T E N C I ANº 468/2004

AUDIENCIA PROVINCIAL DE SEVILLA

Sección Primera

ILMOS SRES.

PRESIDENTE:

MIGUEL CARMONA RUANO

MAGISTRADOS:

PEDRO IZQUIERDO MARTÍN

CARLOS LUIS LLEDÓ GONZALEZ

APELACIÓN ROLLO NÚM. 6679/2004

ASUNTO PENAL NÚM.232/2004

JUZGADO DE LO PENAL Nº 6 DE SEVILLA

En la ciudad de SEVILLA a veinte de octubre de dos mil cuatro.

Visto por la Sección Primera de esta Audiencia integrada por los Magistrados indicados al margen, el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia dictada en autos de Procedimiento Abreviado seguidos en el Juzgado de Lo Penal referenciado, cuyo recurso fué interpuesto por la representación de Alonso . Es parte recurrida el MINISTERIO FISCAL.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Ilmo Sr. Magistrado Juez de lo Penal Nº 6 de Sevilla , dictó sentencia el día 9 de septiembre de 2004 en la causa de referencia, cuyo Fallo literalmente dice, "He de condenar y condeno a Alonso como autor, criminalmente responsable de un delito de robo con intimidación y de una falta de lesiones, ya definidos, con la concurrencia en el delito de la agravante de reincidencia a las penas de cuatro años y seis meses de prisión e inhabilitación especial del derecho de sufragio pasivo durante la condena por el delito y un mes de multa con cuota diaria de 1,20 euros responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago de un día de privación de libertad por cada dos cuotas impagadas por la falta, a que indemnice a Luisa en la cantidad de 170 euros y al pago de las costas.

Firme este sentencia, comuníquese al Registro Central de Penados y Rebeldes, con expresión de los preceptos infringidos y de las penas impuestas."

En la referida sentencia se declaraban probados los siguientes hechos:

"Sobre las 14,30 horas del día 4 de Mayo de 2004 Alonso , mayor de edad, cuya solvencia no consta y ejecutoriamente condenado, entre otras, por sentencia firme el 22 de Septiembre de 2.003, dictada en la causa 36/033 del Juzgado de Instrucción nº 19 de Sevilla como autor de un delito de robo con fuerza en las cosas a la pena cuatro meses de prisión, abordó a la súbdita danesa Luisa , cuando la misma se encontraba sentada leyendo en un banco situado en el Paseo de Cristóbal Colón de esta Capital, sentándose a su lado, exigiéndole que le entregara el dinero que llevara, clavándole una jeringuilla que portaba y que albergaba un líquido que parecía sangre en el antebrazo derecho, jeringuilla que extrajo una vez que hubo obtenido el dinero que aquélla le entregó que se concreta en 70 euros, tras lo cual se dió a la fuga.

A consecuencia de ello Luisa sufrió una erosión en el brazo derecho para cuya curación precisó dos días, uno de ellos con incapacidad, sin necesidad de tratamiento médico ni quirúrgico."

SEGUNDO

Contra dicha resolución se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación, por la representación de Alonso y admitido el recurso y conferidos los preceptivos traslados, se elevaron los autos a esta Audiencia. Formado el rollo, se señaló el día de la fecha para la votación y fallo, quedando visto para sentencia.

TERCERO

En la tramitación de este recurso se han observado las formalidades legales.

Ha sido Ponente el Ilmo Sr. Magistrado D.PEDRO IZQUIERDO MARTÍN , quien expresa el parecer del Tribunal.

- HECHOS PROBADOS -

No se aceptan los de la resolución recurrida que se sustituyen por los que a continuación se exponen:

El día 4 de mayo de 2.004, siendo aproximadamente las catorce horas treinta minutos, una persona de identidad no acreditada, abordó a la ciudadana danesa Luisa cuando se encontraba leyendo en un banco, situado en el Paseo de Cristóbal Colón de esta Ciudad, sentándose a su lado, exigiéndole que le entregara el dinero que llevaba al tiempo que le clavaba en el antebrazo derecho una jeringuilla que portaba y que contenía un liquido que parecía sangre, jeringuilla que extrajo una vez que hubo obtenido el dinero que aquélla le entregó, setenta euros, dándose a la fuga. Como consecuencia del pinchazo Luisa sufrió una erosión en el brazo derecho, de la que preciso una sola asistencia sin necesidad de tratamiento médico o quirúrgico, tardando en curar dos días, de los cuales uno de ellos estuvo incapacitada para sus ocupaciones habituales.

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FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se interpone recurso por Alonso alegando error en la apreciación de la prueba con vulneración del principio de presunción de inocencia.

La presunción de inocencia, tiene rango de derecho fundamental en nuestro ordenamiento jurídico al aparecer reconocido en el artículo 24 de la Constitución, e implica que toda persona acusada de un...

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