AAP Madrid 366/2003, 12 de Septiembre de 2003

ECLIES:APM:2003:9803
ProcedimientoPENAL
Número de Resolución366/2003
Fecha de Resolución12 de Septiembre de 2003
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 2ª

MJ

AUDIENCIA PROVINCIAL

SECCIÓN SEGUNDA

MADRID

Rollo: APELACION PROCTO. ABREVIADO Nº192 /2003

Proc. Origen: PROCEDIMIENTO ABREVIADO Nº61 /2003

Órgano Procedencia: JDO. DE LO PENAL Nº21 de MADRID

S E N T E N C I A Nº 366/2003

ILMOS/AS. SRES/AS.

PRESIDENTA DÑA. A. MARÍA RIERA OCARIZ

MAGISTRADA DÑA. SUSANA POLO GARCÍA

MAGISTRADO D. JOSÉ LUIS SÁNCHEZ TRUJILLANO

En MADRID, a doce de septiembre de dos mil tres.

VISTO, por esta Sección Segunda de esta Audiencia Provincial de Madrid, el recurso de apelación interpuesto por la Procuradora Dª. Lucía Agulla Lanza, en representación de Luis , contra Sentencia dictada por el Juzgado de lo Penal nº 21 de Madrid; habiendo sido parte en él el mencionado recurrente y el Ministerio Fiscal, en la representación que le es propia, actuando como ponente la Magistrada Ilma. Sra. Dª A. MARÍA RIERA OCARIZ.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En el Juicio Oral de referencia se dictó Sentencia con fecha 26 de marzo de 2003, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: >FALLO: Que debo condenar y condeno a Luis como autor de un delito de ROBO INTENTADO, a la pena de UN AÑO de prisión, inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, como autor de un delito de ATENTADO, a la pena de UN AÑO de prisión, inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y como autor de dos faltas de LESIONES, a la pena de UN MES de multa con una cuota diaria de TRES EUROS por cada falta y costas y que indemnice al POLICÍA MUNICIPAL 6413.0 en la cantidad de 210,35 Euros, al AYUNTAMIENTO DE MADRID en la cantidad de 3,70 Euros y al POLICÍA MUNICIPAL 6089.6 en la cantidad de 30,05 Euros por cada día de lesión.

Abónesele todo el tiempo que ha estado privado de libertad por esta causa.

Y como Hechos Probados expresamente se recogen los de la sentencia apelada, a la cual nos remitimos.

SEGUNDO

Contra dicha Sentencia, por la representación procesal del hoy recurrente, se interpuso recurso de apelación que formalizó exponiendo las alegaciones que constan en su escrito, el cual se halla unido a las actuaciones.

TERCERO

Dado traslado del escrito de formalización del recurso al Ministerio Fiscal, se presentó escrito de impugnación en base a la sentencia objeto de recurso plenamente ajustada a derecho solicitando su confirmación.

CUARTO

Por el Juzgado de lo penal más arriba referido se remitieron a este Tribunal los Autos originales con todos los escritos presentados y, recibidos que fueron, se señaló día para deliberación, la que tuvo lugar el día 12/09/2003.

HECHOS PROBADOS

Se aceptan y se dan por reproducidos los hechos que en la sentencia recurrida se declaran probados.

FUNDAMENTOS JURIDICOS
PRIMERO

El apelante ha sido condenado como autor de un delito de robo con violencia en grado de tentativa (arts.242-1 y 16-1 del CP), de un delito de atentado (arts.550 y 551-1 del CP) y de dos faltas de lesiones (art.617-1 del CP).

El presente recurso se dirige exclusivamente a discutir la condena por el delito de robo con violencia en grado de tentativa y para ello se alegan dos motivos, el primero y principal se refiere al error en la valoración de...

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