SAP Madrid 27/2009, 28 de Enero de 2009

PonenteDAVID SUAREZ LEOZ
ECLIES:APM:2009:116
Número de Recurso355/2008
ProcedimientoPENAL
Número de Resolución27/2009
Fecha de Resolución28 de Enero de 2009
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 2ª

CG AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID

SECCION DOS BIS

ROLLO DE APELACION Nº: 355/08

JUICIO ORAL 220/08

JUZGADO DE LO PENAL Nº 24 de Madrid

MAGISTRADOS ILUSTRISIMOS SEÑORES:

D. MIGUEL HIDALGO ABIA

DÑA. MARÍA JESÚS LÓPEZ CHACÓN

D. DAVID SUÁREZ LEOZ

La Sección SEGUNDA BIS de la Ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid, en la causa al margen de referencia, ha dictado,

EN NOMBRE DE SU MAJESTAD, EL REY

la siguiente

S E N T E N C I A Nº 27/2009

En la Villa de Madrid, a veintiocho de enero de dos mil nueve.

La Sección SEGUNDA BIS de la Ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid, formada por los Ilustrísimos Señores Magistrados D. MIGUEL HIDALGO ABIA, Dª MARÍA JESÚS LÓPEZ CHACÓN y D. DAVID SUÁREZ LEOZ, ha visto el recurso de apelación interpuesto por la Procuradora de los Tribunales Dña. Sara Martín Moreno, en nombre y representación procesal de Sebastián, contra la Sentencia dictada por el Juzgado de lo Penal nº 24 de Madrid de fecha 31 de julio de 2008 en procedimiento abreviado 220/08; intervino como parte apelada el Ministerio Fiscal.

El Ilustrísimo Sr. Magistrado D. DAVID SUÁREZ LEOZ actúa como Ponente y expresa el parecer del Tribunal.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha 31/07/08, se dictó sentencia en procedimiento abreviado 220/2008, del Juzgado de lo Penal nº 24 de los de Madrid .

En dicha resolución se fijaron los siguientes hechos, como probados:

Se declara probado que sobre las 19,45 horas del día 2 de noviembre de 2007 el acusado, Sebastián mayor de edad, súbito chino, residente legal en España y sin antecedentes penales, fue detenido por miembros de la Policía Municipal cuando se encontraba en la calle Asunción de Madrid teniendo dispuestos para su venta 44 Dvd,s y 3 Cd,s, copias de películas y temas musicales, a sabiendas de que habían sido grabados sin la autorización de los titulares de los correspondientes derechos de la Propiedad Intelectual representados por EGEDA y EGEDI, a quienes se les causó unos perjuicios tasados en 739,20 y 8,91 euros respectivamente.

Su parte dispositiva contenía el siguiente fallo:

"Que debo CONDENAR Y CONDENO a Sebastián -ya circunstanciado- como autor penal y civilmente responsable de un DELITO CONTRA LA PROPIEDAD INTELECTUAL previsto y penado en el art. 270 del Código Penal, sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, a la pena de SEIS MESES DE PRISIÓN E INHABILITACIÓN ESPECIAL DEL DERECHO DE SUFRAGIO PASIVO DURANTE EL TIEMPO DE LA CONDENA Y MULTA DE 12 MESES CON CUOTA DIARIA DE 6 EUROS sujeta a la responsabilidad personal subsidiaria prevista en el art. 53 del CP así como a las costas procesales causadas en esta instancia.

En concepto de responsabilidad civil el acusado vendrá obligado a indemnizar a EGEDA en 739,20 euros y a EGEDI en 8,91 euros por los perjuicios causados devengando dichas cantidades el interés legal previsto en el art. 576 de la LEC .

SEGUNDO

Contra dicha sentencia, se interpuso, en tiempo y forma, recurso de apelación por la Procuradora de los Tribunales Dña. Sara Martín Moreno, en nombre y representación procesal de Sebastián .

TERCERO

Se dio traslado a las demás partes personadas, a fin de que pudieran formular sus alegaciones. Remitidas las actuaciones a este Tribunal, no se estimó precisa la celebración de vista, quedando pendiente el procedimiento de resolución en esta segunda instancia.

HECHOS PROBADOS

Se asumen y tienen por reproducidos los fijados como tales en la sentencia recurrida.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Plantea la parte apelante un recurso de apelación en nombre y representación de Sebastián, basado en que, en su criterio, la sentencia recurrida ha incurrido en error en la apreciación de la prueba e indebida aplicación del artículo 270 CP, ya que en ningún momento se llegó a concretar ningún acto de venta, siendo por ello la posesión de los CD's y DVD's meros actos preparatorios sin relevancia penal, y las...

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