SAP A Coruña 401/2006, 23 de Noviembre de 2006
Ponente | GUSTAVO ADOLFO MARTIN CASTAÑEDA |
ECLI | ES:APC:2006:2648 |
Número de Recurso | 332/2006 |
Procedimiento | PENAL - APELACION PROCEDIMIENTO ABREVIADO |
Número de Resolución | 401/2006 |
Fecha de Resolución | 23 de Noviembre de 2006 |
Emisor | Audiencia Provincial - A Coruña, Sección 2ª |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 2
LA CORUÑA/A CORUÑA
SENTENCIA: 00401/2006
AUDIENCIA PROVINCIAL DE LA CORUÑA/A CORUÑA
Sección 002
Rollo: 0000332 /2006 -M-
Órgano Procedencia: JDO. DE LO PENAL N. 5 de LA CORUÑA/A CORUÑA
Proc. Origen: JUICIO RAPIDO nº 0000067 /2006
N U M E R O 401
En A Coruña, a veintitrés de noviembre de dos mil seis.
LA SECCION SEGUNDA DE LA AUDIENCIA PROVINCIAL DE A CORUÑA, constituida por las Ilustrísimas Señorías Dª. MARÍA DEL CARMEN TABOADA CASEIRO-Presidenta, D. GUSTAVO A. MARTÍN CASTAÑEDA, Dª MARÍA DOLORES FERNÁNDEZ GALIÑO, Magistrados/das, ha pronunciado
E N N O M B R E D E L R E Y
S E N T E N C I A
En el recurso de apelación penal número 332/06, interpuesto contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Penal nº 5 de A Coruña, en JUICIO ORAL RÁPIDO Nº 67/06, seguidas de oficio por un delito contra la seguridad del tráfico, figurando como apelante Ángel Daniel representado por la procuradora Sra. Gómez-Portales González y defendida por el letrado Sr. Mayán Quintela, y como apelado el MINISTERIO FISCAL.- Siendo Ponente el Ilma. D. GUSTAVO A. MARTÍN CASTAÑEDA.
Que por el Ilmo./Ilma. Magistrado/a- Juez del Juzgado de lo Penal nº 5 de A Coruña con fecha 27-4-2006, se dictó sentencia, cuya parte dispositiva dice como sigue: "FALLO:Que debo condenar y condeno a Ángel Daniel, como autor criminalmente responsable de un delito contra la seguridad del tráfico, conducir bajo los efectos de bebidas alcohólicas, ya definido, no concurriendo circunstancias modificativas de la responsabilidad, a la pena de MULTA DE DIEZ MESES con cuota diaria de SEIS EUROS, con responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas de multa no satisfechas, y PRIVACIÓN del derecho a conducir vehículos de motor y ciclomotores por tiempo de TRES AÑOS, así como el pago de las costas de este juicio".
Que notificada dicha sentencia a las partes, se interpuso contra la misma en tiempo y forma, recurso de apelación por Ángel Daniel, que le fue admitido en ambos efectos, por proveído de fecha 26-7-2006, dictado por el instructor, acordando dar el traslado prevenido en el art. 790.6 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, a las restantes partes.
Por proveído de fecha 31-10-2006, se acordó elevar todo lo actuado a este Tribunal, para resolver el recurso y recibidas que fueron las diligencias se acordó pasar las mismas al Ilmo. Sr. Magistrado Ponente.
En la sustanciación del presente recurso se han observado y cumplido las prescripciones y formalidades legales.
Se aceptan íntegramente los contenidos en la sentencia recurrida que se dan por reproducidos.
Que la representación de Ángel Daniel recurre la sentencia de instancia alegando error en la valoración de la prueba y vulneración del principio "in dubio pro reo".
El Ministerio Fiscal interesó la confirmación de la sentencia recurrida.
Se aceptan sustancialmente los fundamentos de derecho de la sentencia recurrida.
Una vez examinadas las actuaciones, de las mismas...
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