SAP Alicante 179/2006, 15 de Marzo de 2006
Ponente | ALBERTO FRANCISCO FACORRO ALONSO |
ECLI | ES:APA:2006:3095 |
Número de Recurso | 34/2006 |
Procedimiento | PENAL - APELACION PROCEDIMIENTO ABREVIADO |
Número de Resolución | 179/2006 |
Fecha de Resolución | 15 de Marzo de 2006 |
Emisor | Audiencia Provincial - Alicante, Sección 1ª |
Juzgado de lo Penal nº 1 de Alicante (J.O. nº 178/04 )
Procedimiento Abreviadonº 97/02 (Instrucción nº 3 de San Vicente del Raspeig )
Rollo de Apelación nº 34/06
SENTENCIA Núm. 179
Iltmos. Sres.:
D. VICENTE MAGRO SERVET
D. ALBERTO FACORRO ALONSO
D. JOSÉ ANTONIO DURÁ CARRILLO
En la Ciudad de Alicante a Quince de marzo de dos mil Seis.
La Sección Primera de la Audiencia Provincial de ALICANTE, integrada por los Iltmos. Sres. expresados al margen, ha visto el presente recurso de apelación en ambos efectos, interpuesto contra la sentencia nº 89, de fecha 4 de Abril de 2005, pronunciada por el Iltmo. Sr. Magistrado-Juez de lo Penal nº 1 de Alicante en el Procedimiento Abreviadonº 97/02 del Juzgado de Instrucción nº 3 de San Vicente del Raspeig por delito Contra la Seguridad del Tráfico, habiendo actuado como parte apelante Serafin, representado por la Procuradora Dña. Irene Ortega Ruiz y defendido por el Letrado D. Roque Sánchez Fernández.
Son HECHOS PROBADOS de la sentencia apelada, los del tenor literal siguiente: "En aras a la brevedad se dan por reproducidos los Hechos Probados de la sentencia de instancia. ".
El FALLO de dicha sentencia recurrida literalmente dice: "Condeno al acusado Serafin como autor penalmente responsable de un delito contra la seguridad del tráfico, sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, a la pena de multa de 6 meses a razón de una cuota diaria de 6 euros y privación del derecho a conducir vehículos as motor y ciclomotores durante un año y seis meses, y al pago de las costas del juicio. ".
Contra dicha sentencia, se formalizó ante el Organismo decisor por la citada representación procesal de Serafin el presente recurso, el que sustancialmente fundó: en error en la apreciación de la prueba y exceso en la imposición y extensión de la pena.
Del escrito de formalización del recurso de apelación se dio traslado a las demás partes y cumplido este trámite fueron elevados los autos originales con los escritos presentados a este Tribunal de Apelación el 10 de marzo de 2006, y una vez examinados se señaló para la deliberación y votación de la sentencia el día el 13 de Marzo de 2006.
En la sustanciación de ambas instancias del presente proceso se han observado todas las prescripciones legales procedentes.
VISTO, siendo Ponente El Iltmo. Sr. Magistrado D. ALBERTO FACORRO ALONSO.
SE ACEPTA el Antecedente de HECHOS PROBADOS de la sentencia apelada.
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