SAP Burgos 400/2003, 16 de Julio de 2003

PonenteMARIA ESTHER VILLIMAR SAN SALVADOR
ECLIES:APBU:2003:912
Número de Recurso269/2003
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución400/2003
Fecha de Resolución16 de Julio de 2003
EmisorAudiencia Provincial - Burgos, Sección 3ª

SENTENCIA Nº 400.

En Burgos, a dieciséis de Julio de dos mil tres.

VISTOS , por esta Sección de la Audiencia Provincial de Burgos el Rollo de Sala núm. 269 de 2.003, dimanante del juicio verbal número 863/02, del Juzgado de Primera Instancia Nº 1 de Burgos, sobre reclamación de cantidad, en recurso de apelación interpuesto contra sentencia de fecha 17 de Febrero de

2.003, en el que han sido partes, en esta segunda instancia, como demandante- apelante, D. Millán , mayor de edad, vecino de Burgos, representado por el Procurador D. José María Manero de Pereda y defendido por el Letrado D. Miguel Dancausa Treviño; y, como demandada-impugnante, la entidad mercantil "BANCO VITALICIO DE ESPAÑA, CÍA. DE SEGUROS Y REASEGUROS" , con domicilio social en Burgos, representada por la Procuradora Dª María José Martínez Amigo y defendida por el Letrado D. Ignacio Marcos Castro. Siendo Ponente la Ilma. Sra. Dª MARÍA ESTHER VILLÍMAR SAN SALVADOR, que expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
  1. - Los de la resolución recurrida, que contiene el siguiente

    FALLO

    "Estimo parcialmente la demanda interpuesta por D. Millán , contra "Banco Vitalicio de España", y condeno al demandado a abonar al actor la cantidad de setecientos ochenta y tres euros con cuarenta y siete céntimos (783,47 €), así como al pago de los intereses legales correspondientes. Todo ello sin expresa imposición de costas".

  2. - Notificada la anterior resolución a las partes, por la representación del demandante se presentó escrito preparando recurso de apelación, que posteriormente formalizó dentro del término que le fue concedido al efecto. Dado traslado a la parte contraria, para que en el término de diez días presentase escrito de oposición al recurso o de impugnación de la resolución, lo verificó en tiempo y forma, oponiéndose al recurso e impugnando la resolución, mediante escrito que consta en las actuaciones; acordándose por el Juzgado, la remisión de los autos a la Audiencia Provincial de Burgos, habiendocorrespondido en el reparto general de asuntos, a esta Sección Tercera de la Audiencia Provincial.

  3. - Recibidos los autos y formado el correspondiente Rollo de Sala, se turnó de ponencia, señalándose para votación y fallo el día 15 de Julio pasado, en que tuvo lugar.

  4. - En la tramitación del presente recurso se han observado las formalidades legales.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

La sentencia de instancia estima parcialmente la demanda en reclamación de cantidad formulada por el demandante, D. Millán correspondiente a los gastos abonados con ocasión de la defensa jurídica derivada del procedimiento penal nº 230/2000 seguido contra el mismo, en el Juzgado de lo Penal nº 1, por un delito contra la seguridad del tráfico por conducción de un vehículo a motor bajo la influencia de bebidas alcohólicas, así como las cantidades que le corresponden a causa de los días de incapacidad, rechazando la solicitada por las secuelas padecidas.

Contra dicha sentencia se alza la parte demandante, interesando en primer lugar que la entidad aseguradora demandada, Banco Vitalicio S.A., sea condenada a abonar el importe no solo de los honorarios del Abogado, sino también los derechos del Procurador, y ambos en su totalidad según lo reclamado; en segundo lugar, se aprecie la existencia de conflicto de intereses entre el conductor demandante y la entidad...

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