SAP Murcia 122/2007, 5 de Mayo de 2007

PonenteJUAN ANTONIO JOVER COY
ECLIES:APMU:2007:703
Número de Recurso328/2006
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución122/2007
Fecha de Resolución 5 de Mayo de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Murcia, Sección 4ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 4

MURCIA

SENTENCIA: 00122/2007

Iltmos. Sres.:

D. Carlos Moreno Millán

Presidente

D. Juan Antonio Jover Coy

D. Jaime Giménez Llamas

Magistrados

S E N T E N C I A Nº 122

En la ciudad de Murcia, a cinco de mayo de dos mil siete.

La Sección Cuarta de esta Audiencia Provincial ha visto en grado de apelación los autos de Juicio Ordinario procedentes del Juzgado de Primera Instancia nº 11 de Murcia y seguidos ante el mismo con el nº 938/05, -rollo nº 328/06-, entre las partes, actora, Mapfre, Mutualidad de Seguros y Reaseguros a Prima Fija, con domicilio social en Majadahonda (Madrid), carretera de Pozuelo a Majadahonda, Km. 3'800, con C.I.F. nº G-28010619, representada por la Procuradora Sra. Moreno Bravo y dirigida por el Letrado Sr. Ferrer Saliá; y demandado, D. Eugenio, mayor de edad, casado, vecino de Murcia, con domicilio en PLAZA000, AVENIDA000, Bloque NUM000, escalera NUM001, bajo A, con D.N.I. nº NUM002, representado por el Procurador Sr. Garay Pelegrín y dirigido por el Letrado Sr. Pérez Abad. Versando sobre reclamación de cantidad, ejercitando acción de repetición.

Los referidos autos penden ante esta Audiencia Provincial en virtud de recurso de apelación interpuesto por Mapfre, Mutualidad de Seguros, e impugnación de la sentencia de 3 de marzo de 2006, dictada por el Juzgado de Primera Instancia nº 11 de Murcia, formulada por D. Eugenio ; siendo ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. Juan Antonio Jover Coy, que expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES

DE HECHO

Primero

La referida resolución contiene el siguiente fallo:

"Que desestimando la demanda interpuesta por la Procuradora Doña Pilar Moreno Bravo en nombre y representación Mapfre Seguros contra Don Eugenio, representado por el Procurador Don Fulgencio Garay Pelegrín, debo absolver y absuelvo al demandado de los pedimentos contenidos en la demanda, sin efectuar expresa imposición de costas procesales".

Segundo

Contra dicha sentencia interpuso Mapfre, Mutualidad de Seguros, recurso de apelación, que tras tenerse por preparado fue formalizado conforme a lo dispuesto en los artículos 458 y siguientes de la Ley de Enjuic. Civil.

Tercero

Seguidamente se remitieron las actuaciones a esta Audiencia Provincial, donde se formó el correspondiente rollo, con el nº 328/06, y se señaló el 4 de mayo de 2007 para que tuviera lugar la votación y fallo del recurso, tras lo cual quedó éste visto para sentencia.

Cuarto

En la tramitación de este recurso se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Se aceptan los de la sentencia apelada.

Primero

La Compañía de Seguros Mapfre interpuso demanda de Juicio Ordinario solicitando que se condenara a D. Eugenio a pagar a la actora la cantidad de 28.791,26 euros, más intereses legales, al haber tenido que desembolsar la aseguradora dicha cantidad para indemnizar a los perjudicados por un accidente de tráfico ocurrido el 17 de enero de 2001 en la Avenida Ciudad de Almería, de Alcantarilla, cuando el Sr. Eugenio, que conducía un automóvil Hyundai, matrícula RO-....-RS, asegurado en Mapfre, y había ingerido bebidas alcohólicas en serio detrimento de sus facultades psico-físicas, colisionó por alcance contra tres vehículos que se encontraban detenidos ante un semáforo en fase roja.

El Sr. Eugenio fue condenado como autor responsable de un delito de conducción bajo la influencia de bebidas alcohólicas, y Mapfre, Mutualidad de Seguros, hubo de hacer frente a las responsabilidades civiles derivadas del percance.

Añadía la representación de la actora que el artículo 7 de la Ley sobre Responsabilidad Civil y Seguro en la Circulación de Vehículos a Motor, según la redacción dada por la Disposición...

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