SAP Lugo 217/2001, 28 de Junio de 2001

PonenteMARIA LUISA SANDAR PICADO
ECLIES:APLU:2001:740
Número de Recurso156/2001
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución217/2001
Fecha de Resolución28 de Junio de 2001
EmisorAudiencia Provincial - Lugo, Sección 2ª

SENTENCIA NÚMERO 217

ILMOS. SRES.

D. MODESTO PEREZ RODRIGUEZ

D. EDGAR FERNANDEZ CLOOS

D°. MARIA LUISA SANDAR PICADO

En LUGO, a veintiocho de Junio de dos mil uno .

La Ilma. Audiencia Provincial de Lugo, ha visto en grado de apelación el Rollo de Sala n° 156/01, dimanante de los autos de juicio Menor cuantia n° 142/99, tramitado por el Juzgado de Primera Instancia n° 3 de Lugo, sobre acción reclamación de cantidad. Es parte apelante Compañía de Seguros Caser, representado por el Procurador Sr. Lorenzana Teijeiro y asistido del Letrado Sr. Novo, y apelado Gaspar , representado por el Procurador Sr. Sabariz Garcia y asistido del Letrado Sr. Fiuza Diego. Actúa como ponente y expresa el parecer de la Sala la Magistrado Ilma. Sra. Dª. MARIA LUISA SANDAR PICADO.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Juzgado de Primera Instancia n° 3 de Lugo en fecha nueve de marzo de dos mil uno, dictó sentencia en cuya parte dispositiva se establece: "FALLO: Que estimando íntegramente la demanda interpuesta por D. Gaspar contra la entidad mercantil Caser (Caja de Seguros Reunidos) Grupo Asegurador, Compañía de Seguros y Reaseguros, S.A., debo declarar y declaro: 1) Que la demandada viene obligada, en virtud de la póliza de seguro suscrita con el demandante, a hacer frente al abono de los daños y perjuicios sufridos por el actor por la pérdida de las mercancías aseguradoras. 2) Que por tanto, la compañía demandada debe abonar al actor la suma de 9.685.256 pts, a que se elevan los perjuicios producidos por los daños en las mercancías aseguradas, mas los intereses legales de la Ley de Contrato de Seguro correspondientes. Condeno a dicha demandada a estar y pasar por los precedentes pronunciamientos, imponiéndole las costas procesales causadas.".

SEGUNDO

La parte demandada, Cia de Seguros Caser interpuso recurso de apelación contra la citada sentencia que fue admitido en ambos efectos, por lo que se elevaron las actuaciones a esta Audiencia Provincial, correspondiendo por el turno de reparto a esta Sección 2ª observándose que la sentencia del Juzgado de Primera Instancia es de fecha posterior a7. 8 de Enero de 2001, fecha de la entrada en vigor de la nueva L.E.C., se han seguido los trámites previstos en la misma.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se aceptan y dan por reproducidos los de la sentencia que se recurre; y además:

SEGUNDO

Dos son los puntos que son objeto de debate en el presente recurso. El primero de ellos se centra en determinar si es aplicable la exclusión que se recoge en las condiciones especiales del seguro multiriesgo comercial, en el Grupo B, daños producidos por el agua,...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR