SAP Lugo 23/1998, 15 de Enero de 1998
Ponente | EDGAR AMANDO FERNANDEZ CLOOS |
Número de Recurso | 339/1997 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 23/1998 |
Fecha de Resolución | 15 de Enero de 1998 |
Emisor | Audiencia Provincial - Lugo |
SENTENCIA Nº 23
D. REMIGIO CONDE SALGADO.
D. ANDRÉS NEIRA MEDIN
D. EDGAR AMANDO FERNANDEZ CLOOS.
LUGO, a quince de Enero de mil novecientos noventa y ocho
La Iltma Audiencia Provincial de Lugo, ha visto en grado de apelación, el Rollo de Sala n° 0339/97 dimanante de los autos de Juicio Ejecutivo, n°.0189/96 tramitados por Jdo 1ª Ins e Inst de Viveiro-1 ; siendo apelante el demandado MULTINACIONAL ASEGURADORA, representado por la Procuradora Sr. Sabariz García, asistidos del Letrado Sr Maseda y apelados el demandante Juan Juan Pedro representado por el Procurador Sr. López Mosquera, y asistidos por el Abogados Sr. Freiré Amador, y Ponente el Magistrado Iltmo Sr. Dn. EDGAR AMANDO FERNANDEZ CLOOS.
Que con fecha, once de julio de mil novecientos noventa y siete el Juzgado de Primera Instancia de Vivero n° Uno, dictó sentencia en los referidos autos, cuya parte dispositiva dice así: FALLO: Que estimando parcialmente la demanda presentada por el Procurador Sr. Trigo Pérez, en nombre y representación de D. Juan Pedro , contra MULTINACIONAL ASEGURADORA S.A. debo mandar y mando seguir adelante la presente ejecución hasta hacer trance y remate de los bienes embargados y con su producto, entero y cumplido pago por importe de UN MILLÓN TRESCIENTAS CUARENTA Y TRES MIL TREINTA Y CINCO PESETAS de principal, más el 20 por ciento de interés desde la fecha del siniestro y todo ello con expresa imposición de costas a la parte demandada.
La relacionada sentencia, se recurrió en apelación por Multinacional Aseguradora, que fue admitido en ambos efectos, por cuyo motivo se elevaron los autos a esta Audiencia, previo emplazamiento de las partes para que comparecieran ante la misma a usar de sus derechos, personándose las mismas dentro del término del emplazamiento y en legal forma, y seguidos los demás trámites, se señaló día para la vista de alzada, que tuvo lugar el día catorce de enero de mil novecientos noventa y ocho a las doce treinta, con asistencia de los Letrados y Procuradores de las partes personadas, quienes hicieron las alegaciones que estimaron convenientes en apoyo de sus respectivos intereses.TERCERO En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.
PRIMERO» Se aceptan y dan por reproducidos, con las matizaciones que se dirán, los de la sentencia' que se recurre; y además:
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