SAP Madrid 122/2008, 14 de Febrero de 2008

PonenteCARLOS CEZON GONZALEZ
ECLIES:APM:2008:3641
Número de Recurso322/2007
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución122/2008
Fecha de Resolución14 de Febrero de 2008
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 13ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 13

MADRID

SENTENCIA: 00122/2008

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID

Sección 13

1280A

FERRAZ 41

Tfno.: 3971921 Fax: 3971998

N.I.G. 28000 1 7031538 /2007

Rollo: RECURSO DE APELACION 322 /2007

Proc. Origen: JUICIO VERBAL 931 /2006

Órgano Procedencia: JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 1 de MADRID

De: Alvaro

Procurador: MARGARITA LOPEZ JIMENEZ

Contra: GRUPO VITALICIO

Procurador: JOSE MANUEL DORREMOCHEA ARAMBURU

Ponente: Ilmo. Sr. D. CARLOZ CEZÓN GONZÁLEZ

Magistrados:

Ilmo. Sr. D. MODESTO DE BUSTOS GÓMEZ RICO

Ilmo. Sr. D. CARLOZ CEZÓN GONZÁLEZ

Ilmo. Sr. D. JOSÉ GONZÁLEZ OLLEROS

SENTENCIA

En Madrid, a catorce de febrero de dos mil ocho. La Sección Decimotercera de la Audiencia Provincial de Madrid, compuesta por

los Señores Magistrados expresados al margen, ha visto en grado de apelación los autos de Juicio Verbal sobre reclamación de cantidad, procedentes del Juzgado de Primera Instancia nº 1 de los de Madrid, seguidos entre partes, de una, como demandante-apelante D. Alvaro, y de otra, como demandado-apelado BANCO VITALICIO DE ESPAÑA, COMPAÑÍA ANÓNIMA DE SEGUROS Y REASEGUROS.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de Primera Instancia Uno de los de Madrid se dictó en el indicado procedimiento de juicio verbal 931/06, con fecha 11 de diciembre de 2006, sentencia con Fallo del tenor siguiente:

"Desestimo la demanda interpuesta por el Procurador SRA. MARGARITA LÓPEZ JIMÉNEZ en nombre y representación de Alvaro contra CIA. ASEGURADORA BANCO VITALICIO DE ESPAÑA, absolviendo libremente a la demandada de los pedimentos contra ella aducidos y con expresa condena en costas al actor".

SEGUNDO

Contra dicha resolución interpuso recurso de apelación el demandante, Don Alvaro. Las actuaciones ingresaron en esta Audiencia Provincial el 4 de mayo del pasado año.

TERCERO

Elevadas las actuaciones a esta Audiencia Provincial correspondió, por reparto, el conocimiento del recurso a esta Sección Decimotercera. Fue incoado el correspondiente rollo y se asignó ponencia, con arreglo a las normas preestablecidas al efecto. Se señaló para DELIBERACIÓN, VOTACIÓN y FALLO del recurso el 13 de febrero de este año y dicho día la apelación fue examinada y decidida por este Tribunal.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El Tribunal acepta en lo sustancial los Fundamentos de Derecho de la sentencia apelada.

SEGUNDO

El actor, Don Alvaro, tenía concertada con la demandada, Banco Vitalicio de España Compañía Anónima de Seguros y Reaseguros, una póliza de seguro multirriesgo de hogar sobre la vivienda sita en Sant Lluis (Islas Baleares), calle Torret, número 29, Caserío de Torret. Reclama en la litis frente a la aseguradora 1.533,45 euros, importe de la reparación pagada a un tercero de los daños registrados en la vivienda asegurada en agosto de 2005, por desprendimiento de una viga y derrumbamiento de parte del techo de una estancia. No se discute en el pleito ni la existencia de la póliza y vigencia cuando el siniestro, ni la consistencia de los daños (fotografías a los folios 20 y 21 de las actuaciones del Juzgado) ni el importe de la reparación ni la procedencia de haber encomendado la reposición de materiales y arreglo a un tercero por razones de urgencia (contestación oral a la demanda en la vista) y la aseguradora rechazó su obligación de indemnizar por no existir "daño por agua alguno o hecho análoga (sic) susceptible de cobertura por las Garantías de la Póliza, el siniestro carece de cobertura, en tanto que la caída de la viga se debe a un defecto propio del...

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