SAP Córdoba 275/2007, 9 de Noviembre de 2007

PonenteJOSE ALFREDO CABALLERO GEA
ECLIES:APCO:2007:1468
Número de Recurso365/2007
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución275/2007
Fecha de Resolución 9 de Noviembre de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Córdoba, Sección 2ª

S E N T E N C I A Nº 275/07

AUDIENCIA PROVINCIAL CÓRDOBA

SECCION Nº 2 DE LA AUDIENCIA PROVINCIAL DE CORDOBA

PRESIDENTE

ILMO. SR. D. ANTONIO PUEBLA POVEDANO

MAGISTRADOS

ILMO SR D JOSE MARIA MORILLO VELARDE PEREZ

ILMO. SR. DON JOSE ALFREDO CABALLERO GEA

REFERENCIA:

JUZGADO DE ORIGEN: JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA Nº 8 DE CÓRDOBA

ROLLO DE APELACIÓN Nº 365/2007

JUICIO VERBAL, RECLAMACIÓN DE CANTIDAD, Nº 66/2007

En la Ciudad de CORDOBA a nueve de noviembre de dos mil siete.

La SECCION Nº 2 DE LA AUDIENCIA PROVINCIAL DE CORDOBA de la Audiencia Provincial de CÓRDOBA, ha visto y examinado el recurso de apelación interpuesto contra autos de 66/2007 seguidos en el JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA Nº8 DE CÓRDOBA entre el demandante ELEBOBISA MONTAJES ELECTRICOS, S.L. representado por el Procurador DOÑA Mª JOSE JIMENEZ ORTEGA y defendido por el Letrado DON JESUS MARIANO TALLON JIMENEZ,, y el demandado CIA. WINTERTHUR, S.A. representado por el Procurador DOÑA MARIA DEL SOL CAPDEVILA GOMEZ y defendido por el Letrado DON JOSE MARIA SÁNCHEZ AROCA, pendientes en esta Sala a virtud de recurso de apelación interpuesto por la representación de la parte demandada contra sentencia recaída en autos, siendo Ponente del recurso el Magistrado Iltmo. Sr. Don JOSE ALFREDO CABALLERO GEA.

Aceptando los antecedentes de hecho de la sentencia recurrida y,

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que seguido el juicio por sus trámites se dictó sentencia por la Ilma. Sra. MAGISTRADA Juez del JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA Nº 8 DE CÓRDOBA, cuyo fallo es como sigue: "Que estimando la demanda interpuesta por la Procurador doña María del Sol Capdevilla Gómez, en nombre y representación de WINTERTHUR SEGUROS, contra la entidad mercantil ELEBOBISA MONTAJES ELÉCTRICOS, S.L., debo condenar y condeno a la referida demandada a abonar a la actora la cantidad de MIL OCHOCIENTOS EUROS (1.800 €), cantidad que generará el interés legal del dinero desde la fecha de celebración del acto de conciliación (18.12.06), hasta el efectivo pago, condenándole igualmente al pago de las costas causadas en esta instancia".

SEGUNDO

Que contra dicha resolución se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación por la Representación de ELEBOBISA MONTAJES ELECTRICOS, S.L., que fue admitido en ambos efectos, oponiéndose al mismo la parte contraria, remitiéndose los autos a este Tribunal y dándose traslado de los mismo al Magistrado Ponente para que dictara la resolución procedente.

TERCERO

Que en la tramitación de las dos instancias de este juicio se han observado las prescripciones legales.

Aceptando los fundamentos jurídicos de la resolución recurrida

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Planteamiento del objeto litigioso del recurso de apelación

WINTERTHUR SEGUROS formula demanda de Juicio verbal contra ELEBOBISA MONTAJES ELECTRICOS, S.L., en reclamación de la cantidad de 1.800 euros.

ELEBOBISA MONTAJES ELECTRICOS, S.L. tenía concertada con WINTERTHUR SEGUROS una Póliza de Seguro Responsabilidad Civil, que en lo que aquí interesa cubría Riesgo de R.C. por accidente laboral (PATRONAL), con límite por siniestro de 900.000 €, límite por víctima, 90.000 €, y con franquicia del 10 %, mínimo 600 €, máximo 6.000 €; "Por lo tanto, WINTERTHUR sólo indemnizará los siniestros hasta el límite de la suma asegurada, en exceso de las cantidades resultantes como franquicias" (folios 104-108).

Con fecha 4-8-2004, un empleado de la demandada, ELEBOBISA MONTAJES ELECTRICOS, S.L., don Augusto, sufre un accidente laboral, y reclama a la empresa dicha las correspondientes indemnizaciones (se encuentra acreditado, al menos en principio, como causas del accidente, la existencia de un procedimiento de trabajo inseguro, equipo de trabajo inadecuado y acción arriesgada del trabajador -Informe del Centro de Prevención de Riesgos Laborales de la Consejería de...

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