SAP Lugo 637/2007, 25 de Septiembre de 2007
Ponente | MILAGROSA MARIA FERRERA LOPEZ |
ECLI | ES:APLU:2007:1030 |
Número de Recurso | 528/2007 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 637/2007 |
Fecha de Resolución | 25 de Septiembre de 2007 |
Emisor | Audiencia Provincial - Lugo, Sección 1ª |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1
LUGO
SENTENCIA: 00637/2007
AUDIENCIA PROVINCIAL DE LUGO
Sección 1.ª
SENTENCIA NÚMERO 637
ILMOS. SRES.:
PRESIDENTE:
D.ª MARÍA JOSEFA RUIZ TOVAR
MAGISTRADOS:
D. JOSÉ ANTONIO VARELA AGRELO
D.ª MILAGROSA FERRERA LOPEZ- SUPLENTE
Lugo, a veinticinco de septiembre de dos mil siete.
La Ilma. Audiencia Provincial de Lugo ha visto en grado de apelación el Rollo de Sala n.º
528/2007, dimanante del Juicio Ordinario n.º 3-693/2005 seguido en el Juzgado de Primera
Instancia de Sarria sobre reclamación de cantidad(lesiones y daños en accidente laboral); siendo
apelante la demandada LA ESTRELLA CÍA SEGUROS Y REASEGUROS, representada por el
procurador Sr. Mourelo Caldas y asistido del letrado Sr. Nuñez Torrón y apelado el demandante
Carlos María, representado por el procurador Sr. Pardo Paz y asistido del letrado
Sr. Darriba Castiñeira; actuando como ponente la Magistrada, Ilma. Sra. Doña MILAGROSA FERRERA LOPEZ.
Con fecha veintidós de febrero de dos mil siete, el Juzgado de Primera Instancia de Sarria, dictó sentencia en los referidos autos, cuya parte dispositiva dice: "FALLO: ESTIMO INTEGRAMENTE la demanda promovida por D.ª Yolanda, en representación de D. Carlos María, contra la entidad aseguradora "LA ESTRELLA" y CONDENO a la citada demandada a que abone al actor la suma de 123.568,02 euros, más los intereses del artículo 20 de la LCS desde el día 22 de diciembre de 2003, con expresa imposición de las costas procesales a la parte demandada. ".
Contra la anterior resolución se interpuso recurso de apelación por la parte demandada La Estrella Cía Seguros y Reaseguros, teniéndose por preparado el mismo y cumplidos los trámites del art. 458 y siguientes de la L.E.C. 1/2000 se elevaron los autos a la Audiencia Provincial para la resolución procedente.
En la tramitación del presente recurso se han observado los trámites legales.
No se aceptan los fundamentos jurídicos de la Sentencia apelada en cuanto se opongan a lo que a continuación se expresa.
Interpone recurso la compañía demandada solicitando la impugnación de la sentencia de instancia en cuanto a la indemnización concedida al asegurado por Invalidez Permanente Parcial.
El motivo, al entender de la Sala, debe ser estimado por las razones que aducimos a continuación.
Alega, la demandada apelada, que la aplicación del baremo contenido en las Condiciones Generales, para la modalidad no progresiva, procede por constituir una limitación del riesgo y no de derechos. Concreta, pues, esa baremación el riesgo específicamente asegurado al haber sido la cantidad estipulada en la póliza, en su día, el límite máximo del mismo.
Es cierto lo que dice la demandada en cuanto a la necesidad de limitar el riesgo, porque, aunque las partes son libres para estipular lo que estimen conveniente, es de sentido común que se indemnice de forma distinta al que padece invalidez permanente total que parcial. Así que entiende que se pueda establecer por su parte algún tipo de graduación sobre todo para separar la una de la otra y, dentro de ella, los supuestos más graves de los más leves.
La razón que nos lleva a hacer este alegato estriba en que, realmente, no tiene lógica que tanto si la invalidez es parcial como si es total la cuantía a percibir por el...
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