SAP Madrid 758/2007, 7 de Junio de 2007

PonenteFRANCISCO JAVIER CORREAS GONZALEZ
ECLIES:APM:2007:9681
Número de Recurso292/2007
Número de Resolución758/2007
Fecha de Resolución 7 de Junio de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 24ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 24

MADRID

SENTENCIA: 00758/2007

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID

SECCION 24ª

Rollo nº: 292/07

Autos nº: 314/06

Procedencia: Juzgado de 1ª Instancia nº 1 de Aranjuez

P. Apelante: D. Francisco

Procurador: JOSE MIGUEL MARTINEZ-FRESNEDA GAMBRA

P. Apelada: Dª Patricia

Procurador: Dª MARTA FRANCH MARTINEZ

Ponente: Ilmo. Sr. D. FRANCISCO JAVIER CORREAS GONZALEZ

S E N T E N C I A Nº 758

Magistrados:

Ilmo. Sr. D. FRANCISCO JAVIER CORREAS GONZALEZ

Ilmo. Sr. D. Angel Sánchez Franco

Ilma. Sra. Dª Rosario Hernández Hernández

En Madrid, a siete de junio de dos mil siete

Vistos en grado de apelación por la Sección 24ª de esta Audiencia Provincial, los autos sobre separación nº 314/06; procedentes del Juzgado de 1ª Instancia nº 1 de Aranjuez y seguidos entre partes; de una, como apelante, don Francisco, representado por el Procurador don JOSE MIGUEL MARTÍNEZ -FRESNEDA GAMBRA; y de otra, como parte apelada, doña Patricia, representada por la Procuradora doña MARTA FRANCH MARTÍNEZ; y siendo Ponente el Magistrado de la Sala Ilmo. Sr. D. FRANCISCO JAVIER CORREAS GONZALEZ, que expresa el parecer de la misma.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La Sala acepta y tiene por reproducidos los antecedentes de hecho contenidos en la resolución apelada.

SEGUNDO

Que en fecha 23 de noviembre de 2006, por el Juzgado de 1ª Instancia nº 1 de Aranjuez, se dictó sentencia cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que debía declarar la SEPARACIÓN de los cónyuges DÑA. Patricia y D. Francisco, estableciendo como medidas que regirán las relaciones personales y patrimoniales entre los cónyuges, las siguientes:

- los cónyuges podrán vivir separados, cesando la presunción de convivencia conyugal.

- se entienden revocados los poderes y consentimientos que los cónyuges se hayan otorgado, cesando la posibilidad de vincular los bienes privativos del otro cónyuge en el ejercicio de la potestad doméstica.

- la vivienda familiar situada en la Calle DIRECCION000 nº NUM000, NUM001, de Aranjuez (Madrid), así como el ajuar doméstico, se atribuye a la esposa.

- el esposo abonará mensualmente una pensión compensatoria a favor de la demandante por importe de SEISCIENTOS EUROS MENSUALES (600 euros), que deberán ser ingresados en la cuenta que señale la parte actora dentro de los cinco primeros días de cada mes, cantidad que será actualizada anualmente según las variaciones que experimente el Índice de Precios al Consumo.

No ha lugar a hacer especial pronunciamiento en orden a las costas procesales."

TERCERO

Notificada la anterior resolución a las partes, contra la misma se interpuso recurso de apelación por la representación legal de don Francisco a fin de conseguir su revocación y la Sala, en su lugar, otorgue a favor del apelante el uso del domicilio familiar o, en otro caso, se conceda su uso alternativamente a las partes por periodos de un año y hasta la liquidación de los gananciales; y ello en virtud de lo argumentado en el escrito de fecha 30 de diciembre de 2006.

CUARTO

Frente a...

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