SAP Murcia 207/2003, 19 de Junio de 2003

PonenteAntonio Salas Carceller
ECLIES:APMU:2003:1663
Número de Recurso100/2003
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución207/2003
Fecha de Resolución19 de Junio de 2003
EmisorAudiencia Provincial - Murcia, Sección 1ª

D. Antonio Salas CarcellerD. Francisco J. Carrillo VinaderD. Antonio Arjona Llamas

ROLLO 100/03

Ilmos. Sres.

Don Antonio Salas Carceller

Presidente

Don Francisco J. Carrillo Vinader

Don Antonio Arjona Llamas

Magistrados

SENTENCIA N° 207/2.003

En laciudad de Murcia, a diecinueve de junio de dos mil tres.

Vistos por la Sección Primera de esta Audiencia Provincial, en grado de apelación, los presentes autos de juicio verbal sobre separación matrimonial procedentes del Juzgado de Primera Instancia n° 2 de Cieza y seguidos ante el mismo con el n° 358/02 -Rollo n° 100/03-, en los que figura como demandante don

Jose Augusto

, representado por la Procuradora Sra. Lucas Guardiola y defendido por el Letrado Sr. Ferreres Grao, y como demandada doña Eva

, representada por la Procuradora Sra. Verdejo Sánchez y defendido por la Letrada Sra. Argente Serrano y en esta alzada por el Sr. Miralles Morera y el Ministerio Fiscal; los cuales penden ante esta Sala en virtud de recurso de apelación interpuesto por ambas partes contra la sentencia de fecha 31 de octubre de 2002, dictada por el referido juzgado, siendo Ponente el Iltmo. Sr. Presidente don Antonio Salas Carceller, que expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
Primero

La expresada resolución contiene el siguiente: "FALLO": "Que estimando parcialmente la demanda formulada por la Procuradora Sra. Lucas Guardiola, en la representación acreditada, debo declarar y declaro la separación del matrimonio celebrado entre D.

Jose Augusto

y Dª. Eva

, con todos los efectos legales inherentes a la misma, elevándose a definitivas las medidas previas acordadas en auto de 8 de octubre de 2002, dándose íntegramente por reproducidas, con las matizaciones efectuadas en los presentes fundamentos de derecho tercero y cuarto. Sin expresa condena en costas."

Segundo

Contra la misma se preparó e interpuso por escrito, en tiempo y forma, por ambas partes recurso de apelación, con alegación de los motivos en que basaban la impugnación, los que fueron admitidos dándose traslado a la parte contraria y al Ministerio Fiscal, elevándose a continuación los autos a esta Audiencia Provincial donde se formó el correspondiente Rollo, el cual quedó pendiente de resolución.

Tercero

En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero

El actor don

Jose Augusto

interpuso demanda de separación matrimonial frente a su esposa doña Eva

, con la que había contraído matrimonio en Jumilla con fecha 22 de mayo de 1982, y del que han nacido tres hijos, Daniela

, Juan Enrique

y Jose Ignacio

, todos ellos menores de edad, solicitando las oportunas medidas de carácter provisional e interesando que en la sentencia se elevaran a definitivas las adoptadas.

La esposa contestó a la demanda interesando igualmente que se decretara la separación matrimonial por pérdida de la "afectio maritalis" y se adoptaran determinadas medidascon carácter definitivo, entre las que fijó en el "suplico", sin formulación separada de reconvención, el establecimiento de una cantidad mensual de 901 euros mensuales en concepto de pensión compensatoria y de la suma de 2.404 euros como litis expensas. El Ministerio Fiscal se opuso a lo solicitado a resultas de la prueba que se practicara.

En el acto de la vista ambas partes se ratificaron en sus respectivas pretensiones, afirmando la parte demandada haber formulado reconvención ante lo que la parte actora alegó que no se le había dado traslado de la misma, entendiéndose en el acto por la juzgadora " a quo" que no se había formulado tal reconvención.

La sentencia de primera instancia declaró la separación del matrimonio adoptando las medidas definitivas oportunas sin...

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