SAP Huesca, 1 de Enero de 2002

PonenteAntonio Angós Ullate
Fecha de Resolución 1 de Enero de 2002
EmisorAudiencia Provincial - Huesca

Presidente

D.Antonio Angós Ullate

Magistrados

D.José Tomás García Castillo

D.José Luis Ochoa Hortelano

En nombre del Rey, la Audiencia provincial de Huesca ha visto, en grado de apelación, los autos incidentales sobre divorcio número 55/99 seguidos ante el juzgado de primera instancia e instrucción número 2 de Jaca. Han sido promovidos por J.M.S.B., como demandante, contra M.L.A.B., como demandada. Se hallan pendientes ante este tribunal en virtud del presente recurso de apelación, tramitado al número 358 del año 1999, e interpuesto por el demandante, representado por el procurador don Mariano Laguarta Recaj y defendido por el letrado don Lorenzo Torrente Ríos. Ha comparecido también para la sustanciación del recurso, en su calidad de apelada, la demandada, representada por la procuradora doña Esther del Amo Lacambra y defendida por el letrado don Julio Rojas Bejarano. Actúa como ponente de esta sentencia el Ilmo. Sr. Magistrado don Antonio Angós Ullate.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Damos por reproducidos los que contiene la sentencia apelada.

SEGUNDO

La jueza del juzgado de primera instancia número 2 de Jaca, en el procedimiento circunstanciado, dictó la sentencia apelada el día 31 de julio de 1999, cuya parte dispositiva dice literalmente así: "Fallo = Que debo estimar y estimo en parte la demanda interpuesta por D. J M S B representado por la Procuradora Sra Lacasta contra Dª Mª L A B, debiendo declarar disuelto por divorcio el matrimonio hasta ahora formado por D. JMª S B y Dª Mª L A B, debiendo acordar y acordando mantener la pensión compensatoria establecida en sentencia de separación por la cantidad de 30.000 pts mensuales a cargo del Sr S y a favor de Dª L A, siendo la citada cantidad actualizable anualmente conforme al IPC. = Sobre costas no se hace especial pronunciamiento

TERCERO

Contra la anterior sentencia, el actor interpuso recurso de apelación. El juzgado lo admitió a trámite en ambos efectos, por lo que, después de efectuar el oportuno emplazamiento, remitió los autos a esta Audiencia, ante la que comparecieron ambas partes, en los términos indicados en el encabezamiento de esta sentencia.

La sala acordó formar rollo, que se registró al número 358/99, y designó magistrado ponente.

Seguidos los trámites oportunos, se celebró la vista del recurso el día 18 de los corrientes, en la que los letrados de las partes informaron en defensa de sus respectivos intereses, tras lo cual quedó el pleito visto para sentencia.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Aceptamos y damos por reproducidos los que contiene la sentencia apelada, salvo en lo que a continuación puedan quedar contradichos.

SEGUNDO

El...

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