SAP Málaga 382/2007, 21 de Junio de 2007

PonenteANTONIO ALCALA NAVARRO
ECLIES:APMA:2007:1723
Número de Recurso402/2007
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución382/2007
Fecha de Resolución21 de Junio de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Málaga, Sección 6ª

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MÁLAGA. SECCIÓN SEXTA.

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA Nº TRES DE ESTEPONA.

JUICIO DE MODIFICACIÓN DE MEDIDAS Nº 366 DE 2.005.

ROLLO DE APELACIÓN CIVIL Nº 402 DE 2.007.

S E N T E N C I A Nº 3 8 2 / 0 7.

Ilmos. Sres.

Presidente

D. Antonio Alcalá Navarro.

Magistradas

Dª Inmaculada Suárez Bárcena Florencio

Dª Soledad Jurado Rodríguez

En la ciudad de Málaga, a veintiuno de junio de dos mil siete.

Vistos en grado de apelación, ante la Sección Sexta de esta Audiencia Provincial, los autos de juicio de modificación de medidas nº 366 de 2.005 procedentes del Juzgado de Primera Instancia nº Tres de Estepona, seguidos a instancia de Doña Verónica, representada en el recurso por la Procuradora Doña Susana Catalán Quintero y defendida por el Letrado Don Javier Chacón del Puerto, contra Don Miguel Ángel, no personado en las actuaciones, que se le siguieron en rebeldía, pendientes ante esta Audiencia en virtud de recurso de apelación interpuesto por la demandante contra la sentencia dictada en el citado juicio, en el que ha sido parte el Ministerio Fiscal.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Juzgado de Primera Instancia nº Tres de Estepona dictó sentencia de fecha veintidós de noviembre de dos mil cinco en el juicio de modificación de medidas nº 366 de 2.005 del que este rollo dimana, cuya parte dispositiva dice así: "FALLO.- Desestimo la demanda interpuesta por el Procurador Sr. Carlos Fernández Martínez, en nombre y representación de Dña. Verónica, frente a D. Miguel Ángel y en consecuencia absuelvo al demandado de los pedimentos deducidos en su contra, debiendo cada parte asumir las costas procesales ocasionadas a su instancia y las comunes, si las hubiere, por mitad." (sic)

SEGUNDO

Contra la expresada sentencia interpuso, en tiempo y forma, recurso de apelación la demandante el cual fue admitido a trámite y su fundamentación no tuvo alegación de contrario, remitiéndose los autos a esta Audiencia, donde al no haberse propuesto prueba ni estimarse necesaria la celebración de vista, previa deliberación de la Sala, que tuvo lugar el día 19 de junio de 2.007, quedaron las actuaciones conclusas para sentencia.

TERCERO

En la tramitación del recurso se han observado las prescripciones legales, siendo Ponente el Ilmo. Sr. D. Antonio Alcalá Navarro.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Solicita la parte recurrente la revocación de la sentencia...

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