SAP Zaragoza 402/2007, 2 de Julio de 2007
Ponente | JAVIER SEOANE PRADO |
ECLI | ES:APZ:2007:1238 |
Número de Recurso | 248/2007 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 402/2007 |
Fecha de Resolución | 2 de Julio de 2007 |
Emisor | Audiencia Provincial - Zaragoza, Sección 5ª |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 5
ZARAGOZA
SENTENCIA: 00402/2007
SENTENCIA núm. 402/2007
ILMOS. Señores:
Presidente:
D. PEDRO ANTONIO PÉREZ GARCÍA
Magistrados:
D. JAVIER SEOANE PRADO
D. ANTONIO LUIS PASTOR OLIVER
En ZARAGOZA, a dos de Julio de dos mil siete.
En nombre de S. M. el Rey,
VISTOS por esta Sección 5 de la Audiencia Provincial de ZARAGOZA, en grado de apelación, los Autos de PROCEDIMIENTO ORDINARIO 583/2006, procedentes del JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 10 de ZARAGOZA, a los que ha correspondido el ROLLO DE APELACIÓN núm. 248/2007, en los que aparece como parte apelante-demandante D. Juan Alberto representado por el procurador Dª. CARMEN MARQUESAN PERALTA y asistido por el Letrado D. CHABIER MALLOR MONZON; y como parte apelada-demandada Dª. Blanca representado por el procurador D. MARIA BELEN GOMEZ ROMERO y asistido por el Letrado D. ANTONIO JOSE MUÑOZ GONZALEZ; siendo Magistrado Ponente el Ilmo. Sr. D. JAVIER SEOANE PRADO.
Se aceptan los de la sentencia apelada de fecha 9 de febrero de 2007, cuyo FALLO es del tenor literal: "FALLO.-Que desestimando la demanda formulada por Juan Alberto contra Blanca, en reclamación de cantidad, debo absolver y absuelvo a la demandada del abono de la suma reclamada, con expresa condena al abono de las costas procesales causadas del demandante."
Notificada dicha sentencia a las partes, por la representación procesal de Juan Alberto se interpuso contra la misma recurso de apelación, y dándose traslado a la parte contraria se opuso al recurso; remitiéndose las actuaciones a esta Sección Quinta de la Audiencia, previo emplazamiento de las partes.
Recibidos los Autos y cinta de video, y una vez personadas las partes, se formó el correspondiente Rollo de Apelación con el número ya indicado, y se señala para deliberación votación y fallo el día 25 de junio de 2007.
En la tramitación de estos autos se han observado las prescripciones legales.
Se aceptan los de la resolución recurrida en tanto no se oponen a los de la presente resolución y;
D. Juan Alberto reclama 62.1332´55 € a Dª Blanca, de la que se encuentra divorciado por sentencia de fecha 26-7-2005 que aprueba en convenio regulador que alcanzaron los esposos el día 21-6-2005 y en el que incluyen la liquidación del régimen consorcial.
Alega que ambos litigantes invirtieron el precio percibido por la venta de una vivienda sita en la C/ Valle de Arán, producida el día 31-10-2003, en la compra de una nueva vivienda común el día 8- 10-2003, cuando la mitad del precio le correspondía con carácter privativo pues era propietario con tal carácter de la mitad indivisa del inmueble -la otra mitad era propiedad del consorcio-, por lo que reclama el importe actualizado de la mitad del precio percibido en aquella venta e invertido en la compra del inmueble común, a cuyo efecto cita los arts. 29 L29 L 2/2003 de la CA Aragón y 1346.1 CC.
El estudio de tal planteamiento ya revela el fallo de pretender que le corresponde la totalidad de la mitad del precio invertido en la compra de la nueva vivienda consorcial, cuando en el convenio regulador figura como común la nueva vivienda comprada para la sociedad conyugal, por lo que, aún admitiendo la tesis del actor, el crédito lo ostentaría contra la comunidad y no contra la esposa (art. 44 L 2/2003 ) y por tanto a él correspondería soportar, como consorte, la mitad del...
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