SAP Madrid 29/2004, 28 de Enero de 2004
Ponente | D. LORENZO PEREZ SAN FRANCISCO |
ECLI | ES:APM:2004:1056 |
Número de Recurso | 116/2003 |
Número de Resolución | 29/2004 |
Fecha de Resolución | 28 de Enero de 2004 |
Emisor | Audiencia Provincial - Madrid, Sección 18ª |
D. LORENZO PEREZ SAN FRANCISCODª. MARIA GUADALUPE JESUS SANCHEZD. PEDRO POZUELO PEREZ
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 18
MADRID
SENTENCIA: 00029/2004
C/ FERRAZ 41
Tfno.: 91 397 18 82 Fax: 91 397 18 84
N.I.G. 28000 1 7001529 /2003
Rollo: RECURSO DE APELACION 116 /2003
Proc. Origen: MENOR CUANTIA 208 /1998
Órgano Procedencia: JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 60 de MADRID
Ponente: ILMO. SR. D. LORENZO PÉREZ SAN FRANCISCO
De: Jesús Manuel, Ignacio
Procurador: TOMAS ALONSO BALLESTEROS, ELISA MARIA BUSTAMANTE GARCIA
Contra: Jesús Ángel, Íñigo
Procurador: AMALIA JOSEFA DELGADO CID, AMALIA JOSEFA DELGADO CID
En MADRID ,a veintiocho de enero de dos mil cuatro
SENTENCIA
Magistrados:
Ilma. Sra. Dª. GUADALUPE DE JESÚS SÁNCHEZ
Ilmo. Sr. D. LORENZO PÉREZ SAN FRANCISCO
Ilmo. Sr. D. PEDRO POZUELO PÉREZ
La Sección Decimoctava de la Audiencia Provincial de Madrid, compuesta por los Señores Magistrados expresados al margen, ha visto en grado de apelación los autos sobre reclamación de cantidad, procedentes del Juzgado de 1ª Instancia nº 60 de Madrid, seguidos entre partes, de una, como apelantes demandados DON Jesús Manuel representado por el Procurador Sr. Alonso Ballesteros y DON Ignacio representado por la Procuradora Sra. Bustamante García y de otra, como apelados demandantes DON Jesús Ángel y DON Íñigo representados por la Procuradora Sra. Delgado Cid y como demandado Construcciones Madrid-Sevilla S.A., seguidos por el trámite de menor cuantía.
Visto, siendo Magistrado Ponente el Ilmo/a Sr./Sra. DON LORENZO PÉREZ SAN FRANCISCO.
La Sala acepta y da por reproducidos los antecedentes de hecho de la resolución recurrida.
Por el Juzgado de 1ª Instancia nº 60 de Madrid, en fecha 4 de septiembre de 2002, se dictó sentencia, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que estimando íntegramente la demanda planteada por la Procuradora Amalia Delgado Cid en nombre y representación de D. Jesús Ángel y D. Íñigo contra la entidad mercantil Construcciones Madrid-Sevilla, S.A., D. Jesús Manuel y Ignacio:
-
- Declaro que Masesa aduda a D. Jesús Ángel la suma de 3.167.596 pesetas (19.037,64 euros) y a D. Íñigo la cantidad de 3.517.987 pesetas (21.143,53 euros), intereses legales, condenando a la demandada a su total pago.
-
- Declaro la obligación de los demandados D. Jesús Manuel y D. Ignacio en cuanto a administradores de la sociedad a pagar los importes referidos en el apartado anterior a los actores con carácter solidario entre los mismos, condenándoles al pago si la demandada MASESA no hiciere efectivo el mismo en ejecución de sentencia.
-
- Condeno a los demandados al pago de las costas del juicio".
Por la parte demandada se interpuso recurso de apelación contra la meritada sentencia, admitiéndose a trámite y sustanciándose por el Juzgado conforme a la Ley 1/2000, se remitieron los autos a esta Audiencia.
Que recibidos los autos en esta Sección se formó el oportuno rollo, en el que se siguió el recurso por sus trámites. Quedando en turno de señalamiento para la correspondiente deliberación, votación y fallo, turno que se ha cumplido el día 27 de enero de 2004.
En la tramitación del presente procedimiento han sido observadas en ambas instancias las prescripciones legales.
Por el apelante Don Jesús Manuel se alega en primer lugar como motivo de recurso la no intervención ni relación con los hechos probados en la sentencia por su representado, y en segundo lugar que debe ser sin embargo objeto de examen en primer lugar la prescripción de la acción, al respecto hemos de tener en cuenta que todas las partes y la propia sentencia están de acuerdo en que el plazo prescriptivo es el de 4 años del artículo 949 del Código de Comercio que establece dicho plazo especial de prescripción para las acciones dirigidas contra los administradores, y efectivamente se comprueba que ha transcurrido con exceso el...
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SAP Madrid 585/2007, 20 de Julio de 2007
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