SAP Las Palmas 11/2007, 15 de Enero de 2007

PonenteVICTOR MANUEL MARTIN CALVO
ECLIES:APGC:2007:476
Número de Recurso356/2006
Número de Resolución11/2007
Fecha de Resolución15 de Enero de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Las Palmas, Sección 4ª

Iltmos. Sres.-

PRESIDENTE:

Don Víctor Caba Villarejo

MAGISTRADOS:

Doña Emma Galcerán Solsona

Don Víctor Manuel Martín Calvo

SENTENCIA

En la Ciudad de Las Palmas de Gran Canaria a quince de enero de dos mil siete;

VISTAS por la Sección 4ª de esta Audiencia Provincial las actuaciones de que dimana el presente rollo en virtud del recurso de apelación interpuesto contra la sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia nº 4 de Puerto del Rosario en los autos referenciados (Juicio Ordinario nº 606/04) seguidos a instancia de la entidad mercantil "ALQUILER DE VEHÍCULOS INTERNACIONALES SUÁREZ, S.L.", parte apelante, representada en esta alzada por la Procuradora Doña Juana Agustina García Santana y asistida por la Letrada Doña María del Carmen Quintana Janina, contra las entidades mercantiles "HOTELES F&L, S.L." y "HOTELES MAR CANARIO, S.A.", parte apelada, representadas en esta alzada por el Procurador Don José Lorenzo Hernández Peñate y asistidas por el Letrado Don Francisco Carlos Florit Canals, siendo ponente el Sr. Magistrado Don Víctor Manuel Martín Calvo, quien expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de Primera Instancia No. 4 de Puerto del Rosario, se dictó sentencia en los referidos autos cuya parte dispositiva literalmente establece: «Que desestimando íntegramente la demanda interpuesta por la Procuradora Doña Isabel Naya Nieto en nombre y representación de la entidad Alquiler de Vehículos Internacionales Suárez S.L., debo absolver y absuelvo a Hoteles Mar Canario S.A. y Hoteles F. Y L. S.L. de las pretensiones del actor, así como la imposición de las costas causadas en el presente procedimiento al actor»

SEGUNDO

La referida sentencia, de fecha 25 de octubre de 2005, se recurrió en apelación por la parte actora, interponiéndose tras su anuncio el correspondiente recurso de apelación con base a los hechos y fundamentos que son de ver en el mismo. Tramitado el recurso en la forma dispuesta en el art. 461 de la Ley de Enjuiciamiento Civil la parte contraria presentó escrito de oposición al recurso alegando cuanto tuvo por conveniente y seguidamente se elevaron las actuaciones a esta Sala, donde se formó rollo de apelación. No habiéndose solicitado el recibimiento a prueba en esta alzada, sin necesidad de celebración de vista se señaló para discusión, votación y fallo el día 29 de noviembre de 2006.

TERCERO

En la tramitación del recurso se han observado las prescripciones legales, a excepción del plazo para dictar resolución, dada la acumulación de asuntos pendientes en esta Sección.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Ejercitada por la parte actora acción de reclamación de cantidad con base a la normativa general que en materia de obligaciones y contratos establece el Código Civil por los daños y perjuicios causados por el incumplimiento imputado a las entidades demandadas en contratos de arrendamiento de servicios y desestimada en su integridad en la sentencia pronunciada en la primera instancia se alza contra la misma la parte actora sosteniendo, dicho sea en síntesis, error en la valoración de la prueba.

SEGUNDO

Respecto a la valoración de la prueba efectuada por el juzgado de instancia debe advertirse que la amplitud del...

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