SAP A Coruña 77/2008, 28 de Febrero de 2008

PonenteMARIA DEL CARMEN MARTELO PEREZ
ECLIES:APC:2008:479
Número de Recurso462/2007
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución77/2008
Fecha de Resolución28 de Febrero de 2008
EmisorAudiencia Provincial - A Coruña, Sección 5ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 5

LA CORUÑA/A CORUÑA

SENTENCIA: 00077/2008

AUDIENCIA PROVINCIAL DE LA CORUÑA/A CORUÑA

Sección 005

1280A

RÚA CAPITÁN JUAN VARELA S/N

Tfno.: 981 18 20 99/98 Fax: 981 18 20 97

N.I.G. 15030 37 1 2007 0003759

Rollo: 462/07 -MC-

Proc. Origen: PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000278 /2006

Órgano Procedencia: JDO.1A.INST.E INSTRUCCION N.2 de CORCUBION

Deliberación el día: 19 de febrero de 2008

N Ú M E R O 77/08

Ilmos. Sres. Magistrados:

MANUEL CONDE NUÑEZ

JULIO TASENDE CALVO

Mª DEL CARMEN MARTELO PEREZ

S E N T E N C I A

En A CORUÑA, a veintiocho de Febrero de dos mil ocho.

En el recurso de apelación civil número 462/08 -Ri- interpuesto contra la sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia num. 2 de Corcubión, en Juicio Ordinario num. 278/06, sobre "nulidad de operaciones particionales", siendo la cuantía del procedimiento 42.238,02 euros, seguido entre partes: Como APELANTE: Daniela y DON Pedro Miguel, representados por la Procuradora Sra. Berea Ruíz; como APELADA: DOÑA Silvia, representada por la Procuradora Sra. Tejelo Núñez.- Siendo Ponente el Ilmo. Sr. DOÑA Mª DEL CARMEN MARTELO PEREZ.

ANTECEDENTES
PRIMERO

Que por el Ilmo. Sr. Magistrado Juez del Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Corcubión, con fecha 20 de abril de 2007, se dictó sentencia cuya parte dispositiva dice como sigue:

"Desestimando totalmente la demanda interpuesta por Doña Silvia, quien actúa en beneficio de la Comunidad de Herederos de Doña Julia, representada en este proceso por la Procuradora Doña Virginia Louro Piñeiro, frente a don Pedro Miguel y Doña Daniela, representados por la Procurador Doña Belén Borrero Castro, ABSUELVO a los demandados de los pedimentos efectuados en su contra en el presente pedimento efectuados en su contra en el presente juicio, sin condena en costas, debiendo por ello cada parte asumir las causadas a su instancia y las comunes por mitad".

SEGUNDO

Notificada dicha sentencia a las partes, se interpuso contra la misma en tiempo y forma, recurso de apelación por los demandados, que le fue admitido en ambos efectos, y remitidas las actuaciones a este Tribunal, y realizado el trámite oportuno se señaló para deliberar la Sala el día 19 de febrero de 2008, fecha en la que tuvo lugar.

TERCERO

En la sustanciación del presente recurso se han observado las prescripciones y formalidades legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Se aceptan los de la sentencia apelada.

PRIMERO

Frente a la sentencia de instancia - que desestima la demanda planteada por la representación de doña Silvia quien actúa en representación de la Comunidad de Herederos de doña Julia frente a don Pedro Miguel y doña Daniela, absolviendo a los demandados de los pedimentos efectuados en su contra, sin condena en costas, debiendo por ello cada parte asumir las causadas a su instancia y las comunes por mitad - interpuso recurso de apelación la representación de la parte demandada interesando la revocación de la misma en el sentido de que se impongan las costas causadas en la instancia a la parte actora. Fundamenta la parte recurrente su recurso en las siguientes alegaciones: Que no concurren las dudas de derecho que se expresan en la sentencia toda vez que la única legitimada para instar la reducción de los legados o para renunciar al ejercicio de esta acción de reducción era única y exclusivamente doña Julia, por lo que la actora carece de legitimación y de amparo jurídico para contradecir o discutir los actos de su causahabiente. Que la acción de reducción de...

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