SAP Murcia 89/2001, 14 de Mayo de 2001

PonenteFERNANDO LOPEZ DEL AMO GONZALEZ
ECLIES:APMU:2001:1418
Número de Recurso469/2000
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución89/2001
Fecha de Resolución14 de Mayo de 2001
EmisorAudiencia Provincial - Murcia, Sección 2ª

SENTENCIA nº 8 9 / 2 0 0 1

Ilmos. Sres.

Don Abdón Díaz Suárez

Presidente

Don Fernando López del Amo González

Dª. Cristina Plá Navarro

Magistrados

En Murcia, a catorce de mayo de dos mil uno.

Habiendo visto en grado de apelación la SECCION SEGUNDA de esta Ilma. Audiencia Provincial los autos de Juicio de Menor Cuantía nº 384/98, que en primera instancia se han seguido en el Juzgado civil de Lorca nº Dos, entre las partes: como actora Everardo , representada por el Procurador Sr/a. Vallejo Valderas y defendida por el Letrado Sr/a. Martínez Olivares, y como demandada "Iberdrola, S.A.", representada por el Procurador Sr/a. Carrasco Jiménez y defendida por el Letrado Sr/a. López-Alascio Sánchez. En esta alzada actúa como apelante Everardo , representada por el Procurador Sr/a. Costa Martínez y dirigido por el Letrado Sr/a. Martínez Olivares, y como apelada "Iberdrola, S.A.", representado por el Procurador Sr/a. Aledo Martínez y dirigido por el Letrado Sr/a. López-Alascio Sánchez. Siendo Ponente el Ilmo. Sr. Don Fernando López del Amo González, que expresa la convicción del Tribunal.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Juzgado de Instancia citado, con fecha 25 de abril de 2000 dictó en los autos principales de los que dimana el presente Rollo la Sentencia cuya parte dispositiva dice así: "FALLO: Que desestimando en su totalidad la demanda interpuesta por el Procurador D. Antonio Vallejo Valderas, en nombre y representación de D. Everardo , en concepto de parte demandante, frente a la mercantil IBERDROLA, S.A., comparecida en autos y representada por el Procurador D. Francisco Carrasco Gimeno, en concepto de parte demandada, absuelvo a referida parte demandada de los pedimentos deducidos decontrario, con expresa condena a la parte actora al abono de las costas procesales causadas.".

SEGUNDO

Contra la anterior sentencia y en tiempo y forma se interpuso recurso de apelación por la representación de Everardo , siendo admitido en ambos efectos y con emplazamiento de las partes, fueron remitidos los autos originales a esta Audiencia en la que se formó el oportuno Rollo por la Sección Segunda con el nº 469/2000, compareciendo las partes indicadas en la cualidad antes expresada y tras el traslado de instrucción, se señaló la vista para el día 8 de mayo de 2.001, que se celebró con asistencia de los Letrados respectivos que solicitaron, el de la parte apelante su revocación y el de la parte apelada su confirmación.

TERCERO

En la sustanciación de ambas instancias se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El Juez de Instancia desestimó la demanda formulada por Everardo contra "Iberdrola, S.A." en reclamación del pago de los perjuicios derivados de la muerte de su padre ocurrida con motivo de un incendio producido en su vivienda por un cortocircuito eléctrico, razón por la cual el actor recurrió la sentencia insistiendo en la obligación de "Iberdrola, S.A." de indemnizarle.

SEGUNDO

La responsabilidad por los daños producidos con motivo del suministro de energía eléctrica a los particulares encuentra su apoyo en la Ley 26/1984 General para la Defensa de Consumidores y Usuarios de 19 de julio, conforme a la cual el usuario tiene derecho a ser indemnizado por los daños y perjuicios que sufra en la utilización de los servicios correspondientes salvo que estén causados por su culpa exclusiva, lo que es extensible al suministro de energía eléctrica según dispone el...

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