SAP Murcia 310/2002, 3 de Septiembre de 2002

PonenteMATIAS MANUEL SORIA FERNANDEZ-MAYORALAS
ECLIES:APMU:2002:2064
Número de Recurso268/2002
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución310/2002
Fecha de Resolución 3 de Septiembre de 2002
EmisorAudiencia Provincial - Murcia, Sección 5ª

SENTENCIA NUM. 310

Iltmos. Sres.

D. José Manuel Nicolás Manzanares

D. Matías M. Soria Fernández Mayoralas

D. José Cánovas Martínez

En la ciudad de Cartagena, a tres de septiembre de dos mil dos.

La Sección Quinta de la Audiencia Provincial de Murcia, con sede en Cartagena, integrada por los Iltmos. Sres. Expresados al margen, ha visto los autos de Tercería de Dominio n° 304/00 seguidos en el Juzgado de Primera Instancia 2 de Cartagena, de los que conoce en grado de apelación en virtud del recurso entablado por la parte demandada Domingo , habiendo intervenido en la alzada dichas partes, en su condición de recurrentes, representados por el Procurador D. Rafael Varona Segado y dirigidos por el Letrado D. Enrique Ródenas Moncada y como apelada Banco Santander Central Hispano, S.A., representado por el Procurador D. Alejandro Lozano Conesa con la dirección del Letrado D. Francisco Moreno Sabater.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de Primera Instancia n° 2 de Cartagena, en los referidos autos, tramitados con el núm. 304/00, se dictó sentencia con fecha 27/07/01, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: " Que desestimando íntegramente la demanda promovida por el Procurador Sr. Varona Segado, actuando en nombre y representación de D. Domingo contra la entidad mercantil "BSCH S.A. ", representada por el Procurador Sr. Lozano Conesa y contra D. María Inés y contra su esposo a los meros fines del art. 44 del R.H., representada por el Procurador Sr. Sánchez Abril, debo absolver y absuelvo en esta instancia a la entidad mercantil "BSCH S.A. " y a Dª. María Inés y ello con todos los pronunciamientos legales que inherentes a dicha declaración le sean favorables, alzándose la suspensión del procedimiento ejecutivo nº 240/99, ordenándose la consumación del mismo y todo ello con expresa condena en costas a la parte actora.

SEGUNDO

Contra dicha sentencia, se interpuesto recurso de apelación por la parte demandante en tiempo y forma que fue tramitado conforme a lo dispuesto en el art. 457 y ss de la Ley de Enjuiciamiento Civil. Y remita a este Tribunal, donde se formó el correspondiente Rollo de Apelación y entregados los autos a las partes para instrucción y al Magistrado Ponente se señaló día para la votación y Fallo que tuvo lugar el día de la fecha.TERCERO: En la tramitación de ambas instancias, en el presente proceso, se han observado las normas y formalidades legales.

VISTO, siendo Ponente el Iltmo. Sr. D. Matías M. Soria Fernández Mayoralas .

FUNDAMENTOS DE...

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