SAP La Rioja 306/2007, 12 de Noviembre de 2007
Ponente | ALFONSO SANTISTEBAN RUIZ |
ECLI | ES:APLO:2007:634 |
Número de Recurso | 26/2007 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 306/2007 |
Fecha de Resolución | 12 de Noviembre de 2007 |
Emisor | Audiencia Provincial - La Rioja, Sección 1ª |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1
LOGROÑO
SENTENCIA: 00306/2007
AUDIENCIA PROVINCIAL DE LA RIOJA
LOGROÑO
Sección 001
Domicilio : VICTOR PRADERA 2
Telf : 941296484/486/489
Fax : 941296488
Modelo : SEN01
N.I.G.: 26089 37 1 2007 0100027
ROLLO : RECURSO DE APELACION (LECN) 0000026 /2007
Juzgado procedencia : JDO.1A.INST.E INSTRUCCION N.2 de HARO
Procedimiento de origen : PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000008 /2006
S E N T E N C I A Nº 306 DE 2007
Ilmos. Sres.
Presidente:
D. JOSÉ FÉLIX MOTA BELLO
Magistrados:
D. ALFONSO SANTISTEBAN RUIZ
Dª CARMEN ARAUJO GARCÍA
En la ciudad de Logroño a doce de noviembre de dos mil siete.
VISTO en grado de apelación ante esta Audiencia Provincial, integrada por los Sres. Magistrados indicados al margen, los Autos de PROCEDIMIENTO ORDINARIO 8/2006, procedentes del JDO.1A.INST. E INSTRUCCION N.2 de HARO, a los que ha correspondido el Rollo 26 /2007, en los que aparece como parte apelante D. Vicente y Dª Patricia representados por la procuradora Dª Paula Cid Monreal, y asistido por el Letrado D. José María Cid Monreal y como apelado Dª María representada por la procuradora Dª MARIA TERESA ZUAZO CERECEDA, siendo Magistrado Ponente el Ilmo. Sr. D. ALFONSO SANTISTEBAN RUIZ.
Que con fecha 19 de septiembre de 2006, se dictó sentencia en cuyo fallo se recogía: "ESTIMAR la demanda seguida a instancia de Dª María representada por el Procurador Sra. Navarro Marijuan y asistida del letrado Sr. Ibarra Cucalon contra D. Vicente y Dª Patricia representado por el Procurador Sra. López Tarazona asistidos del Letrado Sr. Maria Cid, condenando a los demandados a trasmitir a Dª María el cincuenta por ciento pro indiviso del piso NUM000 de la casa NUM001 de la AVENIDA000 de Logroño, a título gratuito, condenando a los demandados a estar y pasar por dicha declaración y otorgar los documentos que sean necesarios para la efectividad de la transmisión y con condena en costas de la parte demandada".
Notificada la anterior sentencia a las partes, por la representación de la parte demandada se presentó escrito solicitando se tuviese por preparado en tiempo y forma el recurso de apelación, que fue admitido, con traslado por 20 días a la parte recurrente para que interpusiese ante el Juzgado el recurso de apelación. Interpuesto éste, se dio traslado a las demás partes para que en 10 días presentasen escrito de oposición al recurso o, en su caso, de impugnación de la resolución apelada, en lo que le resultase desfavorable.
Seguido el recurso por todos sus trámites, se señaló para la celebración de la votación y fallo el día 8 de noviembre de 2007.
En la tramitación del presente rollo se han observado las prescripciones legales.
Por el Juzgado de instancia se dictó sentencia en 19 de septiembre de 2006, en cuyo fallo se recogía que "ESTIMAR la demanda seguida a instancia de Dª María representada por el Procurador Sra. Navarro Marijuan y asistida del letrado Sr. Ibarra Cucalon contra D. Vicente y Dª Patricia representado por el Procurador Sra. López Tarazona asistidos del Letrado Sr. Maria Cid, condenando a los demandados a trasmitir a Dª María el cincuenta por ciento pro indiviso del piso NUM000 de la casa NUM001 de la AVENIDA000 de Logroño, a título gratuito, condenando a los demandados a estar y pasar por dicha declaración y otorgar los documentos que sean necesarios para la efectividad de la transmisión y con condena en costas de la parte demandada".
Por la procuradora Dª Marina López Tarazona, en representación de D. Vicente y Dª Patricia, se ha interpuesto recurso de apelación contra ésta resolución, solicitando que con revocación de la misma, se diese lugar a la íntegra desestimación de la demanda, conforme a las alegaciones que exponía en el escrito de interposición del recurso, en relación con la contestación a la demanda, de modo que insistía en la nulidad de la cláusula testamentaria discutida undécima del testamento de los padres de las partes.
Para resolver la impugnación...
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