SAP Lugo 146/2002, 9 de Abril de 2002

PonenteEDGAR AMANDO FERNANDEZ CLOOS
ECLIES:APLU:2002:352
Número de Recurso128/2002
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución146/2002
Fecha de Resolución 9 de Abril de 2002
EmisorAudiencia Provincial - Lugo, Sección 2ª

SENTENCIA NÚMERO 146

ILMOS. SRES.

D. EDGAR FERNANDEZ CLOOS. PRESIDENTE.

Dª MARIA LUISA SANDAR PICADO

D. REMIGIO CONDE SALGADO. MAGISTRADO EMERITO.

En LUGO, a nueve de Abril de dos mil dos .

La Ilma. Audiencia Provincial de Lugo, ha visto en grado de apelación el Rollo de Sala n° 128/02, dimanante de los autos de juicio de Menor cuantia n° 187/00, tramitado por el Juzgado de Primera Instancia n° 1 de Becerreá, sobre acción declarativa. Es parte apelante Juan Enrique , representado por el Procurador Sr. Lorenzana Teijeiro y apelado Inocencio . Actúa como ponente y expresa el parecer de la Sala el Magistrado Ilmo. Sr. D. EDGAR FERNANDEZ CLOOS.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Juzgado de Primera Instancia n° 1 de Becerreá en fecha veintiuno de diciembre de dos mil uno., dictó sentencia en cuya parte dispositiva se establece: "FALLO: Desestimo la demanda interpuesta por el Procurador D. José Antonio Lorenzana Teijeiro, en nombre y representación de D. Juan Enrique contra Inocencio , representado por la Procuradora Dª. Olga Fernández Núñez. .

SEGUNDO

La parte demandante interpuso recurso de apelación contra la citada sentencia que fue admitido en ambos efectos, por lo que se elevaron las actuaciones a esta Audiencia Provincial, correspondiendo por el turno de reparto a esta Sección 2ª y observándose que la sentencia del Juzgado de Primera Instancia es de fecha posterior al 8 de Enero de 2001, fecha de la entrada en vigor de la nueva

L.E.C., se han seguido los trámites previstos en la misma.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se aceptan y dan por reproducidos los de la sentencia que es objeto de recurso; y además:

SEGUNDO

El tema objeto de controversia debemos de centrarlo en el incumplimiento por parte del causante del demandado, D. Alejandro , de la condición señalada en testamento. Tal testamento señala en su cláusula segunda "La mejora y el legado de la cláusula anterior, los hace a su hijo Alejandro , con la condición de que ha de cuidar y asistir al testador en cuanto precise sano o enfermo, casarse y vivirconjuntamente en la misma casa y compañía del otorgante ayudándole según costumbre en los trabajos de la casa y laboreo de los bienes. Si dicho hijo Alejandro , no cumple por su voluntad las condiciones impuestas pasarán o recaerán los referidos legados y mejora en el otro hijo Juan Enrique , y a falta de éste por incumplimiento de las condiciones antes dichas...

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