SAP Madrid 172/2006, 9 de Mayo de 2006

PonenteALBERTO GUMERSINDO JORGE BARREIRO
ECLIES:APM:2006:7410
Número de Recurso21/2006
Número de Resolución172/2006
Fecha de Resolución 9 de Mayo de 2006
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 15ª

ALBERTO GUMERSINDO JORGE BARREIRO MARIA PILAR OLIVAN LACASTA CARLOS MARTIN MEIZOSO

AUDIENCIA PROVINCIAL

SECCIÓN DECIMOQUINTA

SENTENCIA Nº 172

Rollo A-21/2006

Abrevia. 7253/05

Jzgdo. Instr. nº 5

Magistrados:

Alberto JORGE BARREIRO (ponente)

Mª Pilar OLIVÁN LACASTA

Carlos MARTÍN MEIZOSO

En Madrid, a 9 de mayo de 2006.

Este Tribunal ha visto en juicio oral y público la causa arriba referenciada, seguida por un delito contra la salud pública de tráfico de cocaína.

El Ministerio Fiscal ha dirigido la acusación contra Jose Ignacio, nacido el 1-II-1982, hijo de Lewis y Mónica, natural de Texas (USA) y vecino de Barcelona, sin antecedentes penales, de ignorada solvencia y en prisión provisional por esta causa desde el 23-X-2005. Ha sido asistido de la letrada María Esperanza Pies Hernández.

ANTECEDENTES PROCESALES

  1. En la vista del juicio oral, celebrada el pasado 4 de mayo, se practicaron las siguientes pruebas: interrogatorio del acusado y declaración testifical del Guardia Civil nº NUM000 y de la Subinspectora de Aduanas María Inmaculada.

  2. El Ministerio Fiscal calificó los hechos como constitutivos de un delito contra la salud pública, en la modalidad de sustancia que causa grave daño a la salud, previsto en el art. 368, penúltimo inciso, del C. Penal. Imputó la responsabilidad en concepto de autor al acusado, sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad, y solicitó que se le impusiera la pena de 7 años de prisión, con la accesoria de inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, multa de 100.000 euros, con responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada diez euros no satisfechos, con el límite del art. 53 del C. Penal, comiso de la droga y del dinero intervenidos, y costas.

  3. La defensa del acusado solicitó la libre absolución, con la aplicación de la eximente completa de estado de necesidad.

    El día 23 de octubre de 2005, sobre las 8,45 horas, el acusado, Jose Ignacio, de 23 años de edad y sin antecedentes penales, arribó al aeropuerto de Madrid-Barajas en el vuelo NUM001 de la compañía aérea Air Plus, procedente de Lima (Perú). Y como les infundiera sospechas a los funcionarios que prestan el servicio de vigilancia en el recinto aduanero, le propusieron que se sometiera a un examen radiológico, negándose a ello el acusado. En vista de lo cual, fue detenido y puesto a disposición judicial en el Hospital Ramón y Cajal de esta capital, donde expulsó 56 cuerpos cilíndricos que contenían una sustancia que, tras ser analizada, resultó ser 660,8 gramos de cocaína, con una riqueza del 81% (es decir, un total de 535,24 gramos de cocaína pura).

    La sustancia estupefaciente, que ha sido valorada en 90.262 euros, estaba destinada a la venta a terceras personas.

    MOTIVACIÓN

  4. Sobre los hechos

    El relato de hechos que se acaba de exponer ha quedado probado, en primer lugar, por medio de las manifestaciones prestadas por el propio inculpado, quien en todo momento ha reconocido haber transportado en el interior de su organismo la sustancia estupefaciente hasta España. Y así quedó también corroborado por las manifestaciones del agente que lo detuvo en el aeropuerto y lo puso a disposición...

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