SAP Cáceres 138/2004, 2 de Diciembre de 2004

PonenteVALENTIN PEREZ APARICIO
ECLIES:APCC:2004:890
Número de Recurso334/2004
Número de Resolución138/2004
Fecha de Resolución 2 de Diciembre de 2004
EmisorAudiencia Provincial - Cáceres, Sección 2ª

D. MARIA FELIX TENA ARAGOND. PEDRO VICENTE CANO-MAILLO REYD. VALENTIN PEREZ APARICIO

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 2

CACERES

SENTENCIA: 00138/2004

AUDIENCIA PROVINCIAL

SECCION SEGUNDA C A C E R E S

S E N T E N C I A Nº 138/04

ILTMOS. SRES.:

PRESIDENTE

Dª Mª FÉLIX TENA ARAGÓN

MAGISTRADOS

D. PEDRO V. CANO MAILLO REY

D. VALENTÍN PÉREZ APARICIO

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ROLLO Nº 334/04

AUTOS Nº 218/04

JUZGADO DE LO PENAL Nº 1

DE CÁCERES

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En Cáceres, a dos de diciembre de dos mil cuatro.

ANTECEDENTES DE HECHOS

Primero

Que por el Juzgado de lo Penal de Cáceres, en los autos reseñados al margen, seguido por un delito de lesiones, contra D. Paulino y D. Iván , se dictó Sentencia de fecha 31/7/04, cuyos hechos probados y fallo son del tenor literal siguiente: HECHOS PROBADOS:"ÚNICO.- El día 8 de octubre de 2001, sobre las 20:00 horas, en la vía pública (aproximadamente a la altura del nº 14) de la Avenida Ruta de la Plata de la localidad de Cáceres, se entabló una discusión entre Iván y Paulino -con motivo de las discrepancias existentes entre ambos derivadas de los trámites de la disolución de las sociedades en la que eran participantes-, durante el transcurso de la cual y en el momento en que Iván se disponía a averiguar los objetos que previamente había introducido Paulino en su vehículo, éste le propinó a Iván diversos golpes y un puñetazo, que hicieron que Iván se precipitara hacia atrás cayendo al suelo. Como consecuencia de la agresión causada por Paulino , Iván sufrió lesiones consistentes en contusiones en región occipital, costado, manos y en el ojo izquierdo, para cuya sanidad requirió, además de una primera asistencia facultativa consistente en exploración inicial, posterior tratamiento médico consistente en reposo e inmovilización de las contusiones en manos, de las que tardó en curar 25 días, de los cuales ninguno estuvo hospitalizado ni incapacitado para sus ocupaciones habituales y sí quedándole secuelas consistentes en pequeña limitación de la movilidad del 4º dedo de la mano izquierda, según el descrito balance médico-legal emitido el día 13/2/2002 por el Sr. Médico forense adscrito al Juzgado de Instrucción de procedencia. Asimismo como consecuencia de la agresión descrita, Iván sufrió daños materiales consistentes en la rotura de las gafas que portaba por importe de 650,40 euros, según factura acreditativa obrante en autos." FALLO: "Que con libre ABSOLUCIÓN de Iván por la falta de lesiones por la que venía siendo acusado y demás pedimentos efectuados en su contra, debo condenar y CONDENO a Paulino , como autor criminalmente responsable de un delito de lesiones ya definido, sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad, a la pena de 7 meses de prisión, y a indemnizar al perjudicado Iván en la cantidad total de 1.430,40 euros por los daños personales y materiales causados al mismo. Con imposición al condenado Paulino de las costas causadas, incluidas las de la Acusación Particular.".

Segundo

Notificada la anterior sentencia a las partes, se interpuso recurso de apelación por la representación de D. Paulino , que fue admitido en ambos efectos, y transcurrido el periodo de instrucción y alegaciones de conformidad con lo establecido en la L.E.Cr., se elevaron las actuaciones a esta Ilma. Audiencia Provincial.

Tercero

Recibidas que fueron las actuaciones se formó el correspondiente rollo, con el oficio misivo por cabeza, registrándose con el número que consta en cabecera, se acusó recibo y se turnaron de ponencia, y de conformidad con lo establecido en el artículo 792.1 de la L.E.Cr., pasaron las actuaciones al Ilmo. Sr. Magistrado Ponente para examen de las mismas y dictar la oportuna resolución el día veintidós de noviembre de dos mil cuatro.

Cuarto

En la tramitación de este recurso se han observado las prescripciones legales.

Vistos y siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. VALENTÍN PÉREZ APARICIO .

FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero

El recurrente resultó condenado como autor de un delito de lesiones; éstas consistieron según el relato fáctico trascrito en contusiones en región occipital, costado, manos y ojo izquierdo para cuya curación precisaron de exploración inicial y posterior reposo e inmovilización de las contusiones en manos, de las que tardó en curar 25 días no impeditivos quedando como secuela una pequeña limitación de la movilidad del 4º dedo de la mano izquierda. Solicita la revocación de la sentencia por considerar que los hechos serían constitutivos de falta pero no del delito por el que ha sido condenado; en síntesis, argumenta que no se describen en la sentencia actos médicos posteriores a la primera asistencia o separados de esta, ya que no lo son el reposo y la inmovilización de los...

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