SAP Barcelona 160/2008, 3 de Marzo de 2008

PonenteMARIA DOLORES BALIBREA PEREZ
ECLIES:APB:2008:2477
Número de Recurso214/2007
ProcedimientoPENAL
Número de Resolución160/2008
Fecha de Resolución 3 de Marzo de 2008
EmisorAudiencia Provincial - Barcelona, Sección 6ª

AUDIENCIA PROVINCIAL

SECCION SEXTA

BARCELONA

ROLLO APELACION Nº 214/2007

PROCEDIMIENTO ABREVIADO Nº 241/2007

JUZGADO PENAL Nº 6 DE BARCELONA

S E N T E N C I A Nº

Ilmos. Sres. Magistrados :

Presidente: D. MIGUEL ÁNGEL GIMENO JUBERO

D. EDUARDO NAVARRO BLASCO

Dña. Mª DOLORES BALIBREA PÉREZ

En Barcelona a tres de Marzo de dos mil ocho

La Sección Sexta de la Audiencia Provincial de Barcelona, constituida por los Ilmos. Sres. Magistrados al margen referenciados, ha visto, en nombre de S.M. El Rey, en grado de apelación el presente Rollo, dimanante del Procedimiento Abreviado seguido por el Juzgado de lo Penal número 6 de los de esta ciudad de Barcelona, al nº 241/2007, por un delito de hurto de uso de vehículo de motor, contra Eduardo, representado por el Procurador de los Tribunales Dña. Nuria Tort Patiño y defendido por el Letrado D. Ramón Gª Rojas Jaile, cuyas demás circunstancias personales ya obran en autos, actuando el Ministerio Fiscal en el ejercicio de la acusación pública, estando dicho procedimiento pendiente ante esta Audiencia en virtud de recurso interpuesto por el condenado, contra la Sentencia dictada en primera instancia de fecha 28-9-2007, y siendo Ponente la Ilma. Sra. Magistrada Dña. Mª DOLORES BALIBREA PÉREZ, quien expresa el parecer de la Sala.

A N T E C E D E N T E S D E H E C H O

PRIMERO

La parte dispositiva de la Sentencia apelada es del tenor literal siguiente:

FALLO: Que he de condenar y condeno a Eduardo como autor criminalmente responsable de un delito de uso de vehículo a motor ajeno, ya definido, no concurriendo circunstancias modificativas de su responsabilidad criminal, a la pena de nueve meses de multa con cuota diaria de cuatro euros (mil ochenta euros en total), con responsabilidad personal subsidiaria de cuatro meses y quince días de privación de libertad en caso de impago. Y a que indemnice a Tomás en la cantidad de 326,84 euros por los perjuicios derivados de los daños ocasionados al vehículo de su propiedad. Y al pago de las costas procesales.

SEGUNDO

Contra la anterior Sentencia se interpuso por el condenado Recurso de Apelación que fue admitido a trámite, dándose de él traslado a las demás partes, compareciendo el Ministerio Fiscal quien solicitó la confirmación de la sentencia por sus propios fundamentos, y siendo elevado a esta Sección de la Audiencia Provincial para su resolución.

TERCERO

En la tramitación de este procedimiento se han observado las formalidades legales exigidas al efecto, con excepción del plazo para dictar sentencia por el exceso de trabajo que pesa sobre esta Sección.

SE ACEPTA la declaración de hechos probados contenida en la Sentencia Apelada, cuyo texto se tiene aquí por reproducido.

F U N D A M E N T O S J U R Í D I C O S

SE ACEPTAN los de la sentencia apelada en cuanto no se opongan a los de la presente resolución.

PRIMERO

El recurso interpuesto se articula alegando desproporción en la sanción impuesta, siendo incongruentes los argumentos de la...

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