SAP Madrid 58/2007, 7 de Febrero de 2007

PonenteFRANCISCO JAVIER VIEIRA MORANTE
ECLIES:APM:2007:1506
Número de Recurso57/2007
Número de Resolución58/2007
Fecha de Resolución 7 de Febrero de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 1ª

Rollo nº 57/2007

Procedimiento Abreviado nº 120/2006

Juzgado de lo Penal nº 26 de Madrid

S E N T E N C I A Nº58/2007

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID

SECCIÓN PRIMERA

Ilmos. Sres.:

Presidente:

D. Francisco Javier Vieira Morante

Magistrados:

Dña. Olatz Aizpurua Biurrarena

Dña. Araceli Perdices López

En Madrid a siete de febrero del dos mil siete.

Vistos por esta Sección 1ª de la Audiencia Provincial de esta capital, en Audiencia Pública y en grado de Apelación, los presentes Autos nº 120/2006 de Procedimiento Abreviado, procedentes del Juzgado de lo Penal nº 26 de los de esta Capital, seguidos por supuesto delito de utilización ilegítima de vehículo de motor, siendo apelante Don Jose Pablo, apelado y parte el Ministerio Fiscal.

Ha sido Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. Francisco Javier Vieira Morante.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por la Ilma. Sra. Magistrada -Juez del indicado Juzgado de lo Penal se dictó Sentencia el día 14 de diciembre del 2006, en la que se declararon probados los hechos siguientes:

El acusado Jose Pablo, actuando de común acuerdo con otra persona a la que no afecta la presente resolución por no haber sido enjuiciada, el día 16 de Marzo de 2.006, aproximadamente a las 5,30 horas, conducía por el poblado de las Barranquillas en Madrid, el vehículo matricula F-....-FM que tenia el puente eléctrico hecho y la puerta con daños, utilizándolo sin la debida autorización de su propietario, Iván, que lo habia dejado aparcado y perfectamente cerrado en la Calle Osiris de la localidad de Humanes de Madrid. El Vehículo tiene un valor de 480,80 euros.

SEGUNDO

La referida sentencia contiene el siguiente pronunciamiento en su parte dispositiva:

"FALLO: Que DEBO CONDENAR Y CONDENO al acusado Jose Pablo como autor responsable de un delito de utilización ilegitima de vehículo de motor, ya definido, sin la concurrencia de circunstancias modificativas de responsabilidad penal, a la pena de 6 meses de multa, con una cuota diaria de 2 euros, responsabilidad civil subsidiaria en caso de impago de 1 día de privación de libertad cada 2 cuotas no abonadas y al pago de las costas procesales ocasionadas."

TERCERO

Notificada la misma, interpuso contra ella Recurso de Apelación Don Jose Pablo, que fue admitido en ambos efectos y tramitado de acuerdo con lo dispuesto en el vigente artículo 790 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, elevándose las Actuaciones a esta Audiencia Provincial.

CUARTO

Una vez recibidos los Autos en esta Sección 1ª, se pasó la causa al Magistrado Ponente y se señaló para deliberación el día 7 de febrero del 2007, quedando los Autos vistos para Sentencia tras la correspondiente votación.

Se dan por reproducidos los de la Resolución recurrida, que se aceptan en su integridad.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

En el único motivo del recurso, la defensa del apelante alega error en la apreciación de las pruebas e infracción del principio "in dubio pro reo", al entender que el acusado se encontraba en una situación de error en cuanto a su legitimación para usar el vehículo a sabiendas de ser robado.

SEGUNDO

Confunde la defensa del apelante el ámbito de actuación del principio in dubio pro reo" al pretender que, en su virtud, ante la existencia de dos versiones contradictorias, no debe estimarse ninguna de ellas sobre la otra. Como enseña la sentencia del Tribunal Supremo de núm. 1312/2005 (Sala de lo Penal), de 7 noviembre, "la significación del principio «in dubio...

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