SAP Barcelona 492/2007, 28 de Mayo de 2007

PonenteBIBIANA SEGURA CROS
ECLIES:APB:2007:8784
Número de Recurso256/2006
Número de Resolución492/2007
Fecha de Resolución28 de Mayo de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Barcelona, Sección 6ª

AUDIENCIA PROVINCIAL

BARCELONA

SECCIÓN SEXTA

Rollo 256/06

Procedimiento Abreviado 463/04

Jdo. Penal nº 6 Barcelona

S E N T E N C I A

Ilmos. Sres.

D. Miguel Angel Gimeno Jubero

D. Pablo Llarena Conde

Dª Bibiana Segura Cros

En la Ciudad de Barcelona, a veintiocho de Mayo de dos mil siete.

La Sección Sexta de la Audiencia Provincial, constituida con los Ilmos. Sres. referenciados al margen, ha visto, en nombre de S.M. El Rey, en grado de apelación, el presente Rollo, dimanante del Procedimiento Abreviado, seguido con el nº 463/04 por el Juzgado de lo Penal nº 6 de Barcelona por un delito de falsificación y expendición de efectos timbrados falsos, delito de falsedad en documento público, delito contra la propiedad industrial, delito contra los derechos de los consumidores y delito contra la salud pública contra Roberto, cuyas demás circunstancias personales ya obran en autos, representado por el Procurador de los Tribunales D. Jordi Fontquerni Bas y defendido por el Letrado D. Juan Córdoba Roda, contra Joaquín, representado por la Procuradora Dña. Ana Salina Parra, y defendido por el Letrado D. Guzmán Millán Sánchez; contra Germán, cuyas demás circunstancias personales ya obran en autos, representado por la Procuradora Dña. Yolanda Gorros González-Albo y defendido por el Letrado D. Salvador Grau Filiberto, contra Domingo, cuyas demás circunstancias personales ya obran en autos, representado por el Procurador de los Tribunales D. Jorge Rodríguez Simún, defendido por el Letrado D. Juan Carlos Aristegui García, contra Benjamín, cuyas demás circunstancias personales ya obran en autos, representado por el Procurador de los Tribunales D. José Ignacio Gramunt Suárez, defendido por el Letrado D. Francisco López Latorre, contra Alejandro, cuyas demás circunstancias personales ya obran en autos, representado por la Procuradora de los Tribunales Dña. Ana Moleres Muruzabal y defendido por la Letrado Dña. Gemma Mumbru, contra Juan Miguel, cuyas demás circunstancias personales ya obran en autos, representado por el

Procurador de los Tribunales D. Francisco Toll Musteros y defendido por el Letrado D. Luis Andrés González, contra Jesús Manuel, cuyas demás circunstancias personales ya obran en autos, representado por el Procurador de los Tribunales D. Ramón Manjarín Albert y defendido por el Letrado D. Javier Selva Prieto, contra Carlos Antonio, cuyas demás circunstancias personales ya obran en autos, representado por la Procuradora de los Tribunales Dña. Pilar Iglesias Pérez y defendido por la Letrado Dña. Rosa M. Tapia Corral, contra Carlos Alberto, cuyas demás circunstancias personales ya obran en autos, representado por la Procuradora de los

Tribunales Dña. Nuria Tor Patino y defendido por el Letrado D. Juan Muñoz López, contra Jose Pablo, cuyas demás circunstancias personales ya obran en autos, representado por la Procuradora de los Tribunales Dña. Eva Morcillo Villanueva y defendido por la Letrado Dña. M. Angels Montoya Benzal, contra Jose Carlos, cuyas demás circunstancias personales ya obran en autos, representado por la Procuradora de los Tribunales Dña. Rosa M. Hernández Dalmau y defendido por la Letrado Dña. Begoña Sanz Gómez, contra Sergio, cuyas demás circunstancias personales ya obran en autos, representado por la Procuradora de los Tribunales Dña. Ana Jurado Bernad y defendido por el Letrado Sr. Molina Bosch, contra Rogelio, cuyas demás circunstancias personales ya obran en autos, representado por la Procuradora de los Tribunales Dña. Ana M. Boldú Mayor y defendido por la Letrado Dña. Carolina Rosich Jordana, contra Sandra, cuyas demás circunstancias personales ya obran en autos, representado por el Procurador de los Tribunales D. Julio Ernesto Boada Hernández y defendida por el Letrado D. Hernán Pesqueira Roca; contra Juan Pablo cuyas demás circunstancias personales ya obran en autos, representado por la

Procuradora de los Tribunales Dña. Silvia Garcia Vigne y defendido por la Letrado Dña. M. Angels Pons i Oleo; contra Juan Alberto, cuyas demás circunstancias personales ya obran en autos, representado por el Procurador de los Tribunales D. Jaume Guillem Rodríguez y defendido por el Letrado D. Jose Perdiguer Aznar; contra Juan Ignacio, cuyas demás circunstancias personales ya obran en autos, representado por el Procurador de los Tribunales D. Jaume Guillem Rodríguez y defendido por el Letrado D. Jose Perdiguer Aznar; contra

Virginia, cuyas demás circunstancias personales ya obran en autos, representada por el Procurador de los Tribunales D. Juan Emilio Cubero Royo y defendida por el Letrado D. Benito Sevillano Macho; contra Alberto, cuyas demás circunstancias personales ya obran en autos, representado por el Procurador de los Tribunales D. Fabià Maymo Obradors y defendido por el Letrado D. José Rojas Quintas; contra Ángel, cuyas demás circunstancias personales ya obran en autos, representado por el Procurador de los Tribunales D. Rómulo Gonzalvo Guasch y defendido por la Letrado Dña. Mercedes Aguilera Vilalta; contra Baltasar, cuyas demás circunstancias personales ya obran en autos, representado por el Procurador de los Tribunales D. Federico Gutiérrez Gragera y defendido por el Letrado D. Andrés Pérez Subirana; contra Carlos, cuyas demás circunstancias personales ya obran en autos, representado por el Procurador de los Tribunales D. Jaume Guillem Torrent y defendido por el Letrado D. Carlos Palomino Vera; contra Cosme, cuyas demás circunstancias personales ya obran en autos, representado por el Procurador de los Tribunales D. Fernando Bertrán Santamaría y defendido por el Letrado D. José Eduardo Bas; contra Evaristo, cuyas demás circunstancias personales ya obran en autos, representado por la Procuradora de los Tribunales Dña. Anna M. Feixas Mir y defendido por el Letrado D. Ignacio Agulló Viñas; contra Gabriel, cuyas demás circunstancias personales ya obran en autos, representado por el Procurador de los Tribunales D. Angel Quemada Cuatrecasas y defendido por la Letrado Dña. Pilar Rebaque Mas; contra Ismael, cuyas demás circunstancias personales ya obran en autos, representado por la Procuradora de los Tribunales Dña. Nicolasa Montero Sabariego y defendido por el Letrado D. Juan Carlos Sola Hidalgo;

contra Marcos, cuyas demás circunstancias personales ya obran en autos, representado por el Procurador de los Tribunales D. Jesús Millán Lleopart y defendido por el Letrado D. Antonio Lacort Quirós; como acusación particular las entidades Daego España S.A. (antes Guinnes United Distillers and Vintners España, antes Angloespañola de distribución S.A.) representada por el Procurador D. Alfredo Martínez Sánchez y defendida por la Letrada Dña. M. Teresa Pérez Tato; Pernod Ricard España S.A. (antes Comercial Domecq S.A.) representada por el Procurador de los Tribunales D. Ivo Ranera Cahís y defendida por la Letrada Dña. Mercedes Sanahuja López; y la Abogacía del Estado representada por la Letrada Dña. María Astray Suárez-Ferrin; actuando el Ministerio Fiscal en el ejercicio de la acusación pública; los cuales penden ante esta Superioridad en virtud del recurso de apelación interpuesto por la Abogacía del Estado, por Pernod Ricard España S.A., por Daego España S.A. y por Germán contra la Sentencia dictada en los mismos el día 28 de Julio de 2006, por la Ilma. Sra. Magistrado Juez del expresado Juzgado de lo Penal, y siendo Ponente la Ilma. Sra. Magistrado Dª. Bibiana Segura Cros, quien expresa el parecer de la Sala.

A N T E C E D E N T E S D E H E C H O

PRIMERO

La parte dispositiva de la Sentencia apelada es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que debo condenar y condeno a Germán y a Roberto como autores responsables, cada uno de ellos, de un delito continuado contra la propiedad industrial del art. 274,1 CP, sin concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad penal, a la pena de 18 meses de prisión y 20 meses de multa con cuota diaria de 10 euros, inhabilitación especial para el ejercicio del derecho sufragio pasivo durante la condena y responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas no satisfechas.

Que debo condenar y condeno a Germán como autor responsable de un delito continuado de falsificación y expedición de efectos timbrados falsos del art. 389 CP, sin concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad penal, a la pena de 22 meses de prisión con la accesoria de inhabilitación para el derecho de sufragio pasivo durante la condena.

Que debo absolver y absuelvo a Roberto y a Virginia, Alberto, Ángel, Baltasar, Carlos, Gabriel, Marcos, Evaristo, Ismael, Cosme, Juan Miguel, María Luisa, Jose Carlos, Jose Pablo, Sergio, Domingo, Benjamín, Alejandro, Carlos Antonio, Rogelio, Sandra, Juan Pablo, Juan Alberto, Jesús Manuel y Juan Ignacio, de los delitos continuados de falsificación de efectos timbrados falsos, delito continuado de falsedad en documento público, del delito contra la salud pública y del delito contra los derechos de los consumidores, por los que venían siendo acusados.

En materia de responsabilidad civil, no procede indemnizar a Hacienda Pública por no constar haya sufrido perjuicio alguno y tampoco a las entidades Daego España S.A. y Pernod Ricard España S.A.

En cuanto a las costas de este procedimiento: Las costas de esta instancia se imponen a los acusados condenados Germán y Roberto por mitades iguales, incluidas las de las acusaciones particulares, respecto del delito continuado contra la propiedad industrial y además al acusado Germán por el delito continuado de falsificación y expedición de efectos timbrados falsos.

En cuanto a las costas causadas a los acusados absueltos Virginia, Alberto, Ángel, Baltasar, Carlos, Gabriel, Marcos, Evaristo, Ismael, Cosme, Juan Miguel, María Luisa, Jose Carlos, Jose Pablo y...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
1 artículos doctrinales
  • Los fraudes alimentarios nocivos realizados por productores, distribuidores y comerciantes
    • España
    • Derecho y consumo. Aspectos penales, civiles y administrativos Parte III. Derecho penal. Parte especial
    • 8 Abril 2013
    ...irreflexivo del mismo. Por tanto, los hechos declarados probados integran el tipo referido” Por su parte, la Sentencia de la Audiencia Provincial de Barcelona de 28 de mayo de 2007 señalaba lo “En cuanto al tipo del 363.2º del CP, dentro de los delitos contra la salud pública que es el bien......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR