SAP Murcia 68/2007, 25 de Mayo de 2007

PonenteANDRES MONTALBAN AVILES
ECLIES:APMU:2007:1146
Número de Recurso659/2006
Número de Resolución68/2007
Fecha de Resolución25 de Mayo de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Murcia, Sección 1ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1

MURCIA

SENTENCIA: 00068/2007

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MURCIA

SECCIÓN 001

Domicilio:PASEO DE GARAY Nº5 MURCIA 3º PLANTA PALACIO DE JUSTICIA

Telf :968-229183

Fax :968-229184

Modelo : 00120

N.I.G. : 30030 37 2 2006 0102541

ROLLO : APELACION JUICIO DE FALTAS 0000659 /2006

Juzgado procedencia :JDO. INSTRUCCION N. 8 de MURCIA

Procedimiento de origen :JUICIO DE FALTAS 0001029 /2006

RECURRENTE : Luis Antonio

Procurador/a :JOSE JULIO NAVARRO FUENTES

Letrado/a :

RECURRIDO/A : Jose Ángel

Procurador/a :

Letrado/a :JOSEFA MARIN PLAZA

SENTENCIA

NÚM. 68/07

En la Ciudad de Murcia, a 25 de mayo de 2007.

El Ilmo. D. Andrés Montalbán Avilés, Magistrado de la Ilma. Audiencia Provincial de esta Ciudad, ha visto en grado de apelación el presente Rollo formado con el número 659/06, por virtud del recurso interpuesto contra la sentencia dictada por el Juzgado de Instrucción número 8 de Murcia en el Juicio de Faltas número 1029, seguido por daños, en el que han sido partes, Jose Ángel como denunciante, Luis Antonio como denunciado, y como acusación pública el Ministerio Fiscal.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha 25/9/2006 y en el Juicio de Faltas referenciado el Juzgado referido dictó sentencia en la que se declaran hechos probados los siguientes: "UNICO.- Se consideran hechos probados que sobre las 19:00 horas del día 13 de julio de 2006 el denunciante se encontraba manejando una tubería de riego de su propiedad en la finca rústica Columbares de Cañadas de San Pedro (partido judicial de Murcia), cuando sintió un tirón en la goma y bajó por el camino, observando como el denunciado se marchaba en una motocicleta con el trozo de tubería en la mano. Existe un conflicto civil acerca del derecho de aprovisionamiento de agua de la balsa. Los desperfectos, que no superan los 400 euros, no fueron reclamados en la vista de juicio."

En su parte dispositiva, dicha resolución, transcrita en lo que interesa, dice así: "FALLO: QUE DEBO CONDENAR Y CONDENO a Luis Antonio como responsable de una falta de daños prevista y castigada en el art. 625.1 del Código Penal a la pena de multa de 10 días a razón de 6 euros diarios, lo que hace un total de 60 euros, con responsabilidad personal subsidiaria para caso de impago.

Sin pronunciamientos en el orden civil.

Condeno a Luis Antonio al pago de las costas causadas."

SEGUNDO

Contra la anterior sentencia, en tiempo y forma, por Luis Antonio se interpuso recurso de apelación solicitando su absolución. Del mismo se dio traslado a la denunciante que se opuso, y al Ministerio Fiscal que se adhirió. Tras dicho trámite se remitieron las actuaciones a esta Audiencia, siendo turnadas y señalándose para su examen, sin celebración de vista, el día de hoy.

TERCERO

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