SAP Madrid 155/2006, 7 de Abril de 2006
Ponente | JULIAN ABAD CRESPO |
ECLI | ES:APM:2006:4905 |
Número de Recurso | 65/2006 |
Número de Resolución | 155/2006 |
Fecha de Resolución | 7 de Abril de 2006 |
Emisor | Audiencia Provincial - Madrid, Sección 6ª |
JULIAN ABAD CRESPO
ROLLO DE APELACIÓN Nº 65/2006
JUICIO DE FALTAS Nº 195/2005
JUZGADO DE INSTRUCCIÓN Nº 1 DE GETAFE (MADRID)
SENTENCIA Nº 155/2.006
AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID
SECCIÓN SEXTA
En nombre del Rey
En Madrid, a 7 de abril de 2006.
Vista en segunda instancia por el Ilmo. Sr. don Julián Abad Crespo, Magistrado de la Sección Sexta de la Audiencia Provincial de Madrid, actuando como Tribunal unipersonal, la presente apelación seguida en este Tribunal como Rollo de Apelación nº 65/2006 contra la sentencia de fecha 29 de diciembre de 2005 dictada por el Juzgado de Instrucción nº 1 de Getafe (Madrid) en el Juicio de Faltas nº 195/2005 , siendo parte apelante don Gabino.
Por el Juzgado de Instrucción antes citado se dictó sentencia en la que se declaraban como hechos probados los siguientes: " Que el dia 28 de junio del presente año el denunciante/denunciado Gabino ingresó sobre las 19 horas en la habitación NUM000 del Hospital Universitario de Getafe a fin de ser operado de glaucoma al dia siguiente. Sobre las 21,45 horas de dicho dia una enfermera de planta le comunica que seria operado a primera hora del dia siguiente, pero que no encontraban su historia clínica, no sabiendo el tratamiento que debían de ponerle.
Sobre la 1 horas del dia siguiente Gabino bajó al Servicio de urgencias con la intención de ayudar a buscar su historia clínica, surgiendo una discusión con tal motivo con la supervisora general y denunciada Consuelo y dado el cariz que tal discusión mostraba, el vigilante de seguridad que se encontraba prestando sus servicios en el módulo de urgencias, Marco Antonio, procedió a sujetar a Gabino por los hombros causándole una artritis postraumática de hombros que curaron con la primera asistencia médica en 15 dias, no impidiéndole desarrollar sus ocupaciones habituales."
Siendo su fallo del tenor literal siguiente: "Que debo absolver y absuelvo libremente del hecho origen de estas actuaciones a los denunciados Marco Antonio, Consuelo y Gabino, declarando de oficio las costas causadas."
Contra dicha sentencia se interpuso por don Gabino recurso de apelación; y admitido a trámite dicho recurso, se dio traslado del mismo a las demás partes personadas, siendo impugnado por el MINISTERIO FISCAL, quien interesó la confirmación de la sentencia recurrida; remitiéndose las actuaciones a esta Audiencia Provincial para la resolución del recurso de apelación.
En fecha 24 de febrero de 2006 tuvo entrada en esta Sección Sexta el presente recurso, formándose el correspondiente rollo de apelación, y por providencia de fecha 6 de marzo de 2006 se señaló día para la resolución del recurso, fijándose la audiencia del día 6 de abril de 2006.
Se aceptan los antecedentes de...
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