SAP Barcelona, 16 de Mayo de 2000

PonenteMARIA DELS ANGELS GOMIS MASQUE
ECLIES:APB:2000:6291
Número de Recurso136/1998
ProcedimientoCIVIL
Fecha de Resolución16 de Mayo de 2000
EmisorAudiencia Provincial - Barcelona, Sección 13ª

SENTENCIA N ú

Ilmos. Sres.

D/Dª. JOAN CREMADES MORANT

D/Dª. Mª ANGELS GOMIS MASQUÉ

D/Dª. JUAN MARINÉ SABÉ

En la ciudad de Barcelona, a dieciséis de mayo de dos mil.

VISTOS, en grado de apelación, ante la Sección Trece de esta Audiencia Provincial, los presentes autos de Menor Cuantía, número 1022/96 seguidos por el Juzgado de Primera Instancia nº 5 de Barcelona , a instancia de D/Dª. Agustín representado/a por el/la Procurador/a D/Dª. ALFONSO Mª FLORES MUXI y dirigido/a por el/la Letrado/a D/Dª. Mª MONTSERRAT TELLEZ ALVAREZ, contra MARLIN MOTORS S.L., representado/a por el/la Procurador/a D/Dª. ANTONIO CORTADA GARCIA, y dirigido/a por el/la Letrado/a D/Dª. LEOPOLDO CABELLO; los cuales penden ante esta Superioridad en virtud del recurso de apelación interpuesto por Agustín contra la Sentencia dictada en los mismos el día 20 de diciembre de 1997 , por el Sr/a. Juez del expresado Juzgado.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La parte dispositiva de la Sentencia apelada es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que desestimando la demanda interpuesta por DON Agustín contra MARLIN MOTORS S.L. debo absolver y absuelvo a la referida demandada de todas las peticiones formuladas contra ella en el suplico de la demanda. Se imponen a la parte actora las costas de este juicio.".

SEGUNDO

Contra la anterior sentencia se interpuso recurso de apelación por la parte actora y admitido el mismo en ambos efectos, se elevaron los autos a esta Superioridad, previo emplazamiento de las partes, y comparecidas ambas partes, se siguieron los trámites legales y tuvo lugar la celebración de la vista pública el día 14 de julio de 1999, con el resultado que obra en la precedente diligencia.

TERCERO

En el presente juicio se han observado y cumplido las prescripciones legales.VISTO, siendo Ponente el Ilmo./a. Sr/a. Magistrado/a D/Dª. Mª ANGELS GOMIS MASQUÉ .

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Ejercitada con la demanda inicial por el comprador de un vehículo una acción de saneamiento por vicios ocultos contra el vendedor del mismo interesando se dé por resuelta la compraventa efectuada sobre el vehículo marca Mercedes Benz modelo F-....-F con nº de bastidor NUM000 , haciendo devolución de la suma de 3.450.000 pesetas, importe satisfecho por el mismo para su adquisición, o, subsidiariamente se le haga pago de la suma de 384.274 pesetas importe de las reparaciones efectuadas y satisfechas por el actor. Opuesta la sociedad demandada a tal pretensión, recayó sentencia en primera instancia por la que se desestimaba totalmente la demanda deducida, habiéndose alzado frente a dicha resolución la parte actora por medio del presente recurso, por lo que el debate en esta instancia queda planteado en los mismos términos que en la primera, disponiéndose del mismo material probatorio.

SEGUNDO

Para la correcta resolución de la presente litis es preciso tener en cuenta:

  1. Ambas partes se hallan conformes en que en fecha 12 de julio de 1996 le fue entregado por la demandada al actor el vehículo descrito en el fundamento anterior al haberlo éste adquirido por compraventa. Queda suficientemente acreditado en autos, a través de la prueba pericial practicada en autos con las debidas garantías y con respeto al principio de contradicción, y cuyo resultado coincide con el dictamen de un perito de parte aportado como prueba documental con la demanda que fue ratificado a través de la testifical en fase probatoria, que transcurridos dos meses de su adquisición el vehículo presentó un mal funcionamiento derivado de una avería en la bomba de inyección por su mal estado al haber alcanzado el límite de fatiga mecánica. Si bien tal defecto no puede considerarse un vicio en sentido técnico, ya que...

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